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Sábado 23/11/2024
 

Barbate

La Junta propone una sanción de 150.000 euros al Ayuntamiento de Vejer por vertidos al río Barbate

Lo señala como presunto responsable de la realización de vertidos de aguas residuales urbanas superando los valores límites de emisión establecidos en la autorización de vertidos y a la normativa que establece las normas aplicables al tratamiento de estas aguas

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La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta en Cádiz ha acordado iniciar un procedimiento sancionador contra el Ayuntamiento de Vejer de la Frontera por vertidos de aguas residuales urbanas al arroyo Verdecabra, tributario del río Barbate II, que superan parámetros tolerables, por lo que propone una multa de 150.000 euros.

   El expediente, al que ha tenido acceso Europa Press, expone que en ejecución del Plan Anual de Inspección de Vertidos 2014 de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se tomaron muestras en marzo, junio y septiembre de ese año, revelando todas las analíticas que se superaban ampliamente los valores límites de emisión establecidos en la autorización de vertido.

   Entre otras cuestiones, recoge que el arroyo Verdecabra presentaba en junio a la vista un color "muy oscuro y mal olor". En base a las analíticas realizadas, el informe realizado por los técnicos estima que los hechos podrían constituir una infracción administrativa a la norma vigente en materia de protección ambiental y aguas.

   Por ello, la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta en Cádiz ha decidido iniciar de oficio el procedimiento sancionador contra el Ayuntamiento de Vejer, al que señala como presunto responsable de la realización de vertidos de aguas residuales urbanas superando los valores límites de emisión establecidos en la autorización de vertidos y a la normativa que establece las normas aplicables al tratamiento de estas aguas.

   Asimismo, apunta que el caudalímetro de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) "no funciona", incumpliéndose las normas de explotación de la autorización de vertido otorgada a la instalación. Según la Junta, los hechos relatados supondrían una infracción "grave" y otra "leve" de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. El lugar afectado es el paraje conocido como arqueta de salida de la EDAR hacia el arroyo Verdecabra, tributario del río Barbate II, y la EDAR del polígono industrial Cañada Ancha.

PROPUESTA DE SANCIÓN

   La Delegación Territorial, que es el organismo competente, propone sancionar al Ayuntamiento vejeriego con una multa de 150.000 euros habida cuenta del grado de superación de valores y la "reincidencia".

   Sin perjuicio de la multa, apunta que la comisión de las infracciones graves tipificadas en la ley podría llevar aparejada la imposición de otras sanciones accesorias, tales como la clausura temporal, total o parcial de las instalaciones por un periodo máximo de dos años, así como la revocación de la autorización o suspensión de la misma por un periodo de un año.

   Otra de las posibles sanciones accesorias conlleva la imposibilidad de obtención durante un año de préstamos, subvenciones o ayudas públicas en materia de medio ambiente, así como la imposibilidad de hacer uso del distintivo de calidad ambiental de la Administración de la Junta por un periodo mínimo de dos años y máximo de cinco.

   Por otra parte, se señala la obligación de adoptar las medidas necesarias para hacer efectivo el control, seguimiento y mantenimiento con el fin de evitar que se superen los límites autorizados, y especialmente requerirle como titular de la autorización del vertido que mantenga en funcionamiento el elemento de control efectivo de los volúmenes evacuados mediante la puesta en marcha del caudalímetro con registro totalizador de las instalaciones, todo ello sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción del procedimiento iniciado.

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