La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a penas que suman 26 años de prisión a Baldomero S.G. y a 22 y 20 años de cárcel a sus hijos Francisco Miguel S.F. y José S.F., respectivamente, por el tiroteo de julio de 2012 ocurrido en el barrio de Costacabana de la capital en el que acabaron con la vida del hermano del primero y de su hijo después de que las dos familias fueran protagonistas de un enfrentamiento en un pub de su propiedad por diferencias en la forma de administrarlo.
El jurado popular declaró culpables a los tres de dos delitos de homicidio mientras que consideró no culpable a un tercer hermano al estimar que no resultó acreditada su participación en los hechos ni como autor material del doble crimen, que se produjo "por disparos simultáneos" de Baldomero S.G. y Francisco Miguel S.F. ni como cooperador necesario. Cabe recordar que José S.F. ha sido condenado por facilitar una de las dos armas homicidas, cargada y de su propiedad, a su padre.
La sentencia impone a Baldomero la pena de 13 años por la muerte de su hermano, al concurrir la agravante de parentesco, y de 12 años por el homicidio de su sobrino, a lo que suma 12 meses de cárcel por un delito de tenencia ilícita de armas. A Francisco Miguel S.F. le condena a penas de 11 años por cada uno de los dos crímenes y a José S.F., a dos penas de diez años de prisión. Fija la responsabilidad civil, conjunta y solidaria, en 514.400 euros y les prohíbe acercarse a los allegados de las víctimas a menos de 300 metros durante 30 años.
Fuentes judiciales han indicado a Europa Press que, tras notificarse la sentencia, el fiscal ha solicitado de nuevo el "inmediato" ingreso en prisión de los tres y ha comunicado al tribunal un incidente registrado en la sede de Hacienda en Almería entre ambas familias que se resolvió este martes en un juicio rápido. Cabe recordar que la magistrada Soledad Jiménez desestimó la petición realizada por el Ministerio Público tras hacerse público el veredicto de culpabilidad al considerar que no habían variado las circunstancias que motivaron la concesión de la libertad provisional.
El veredicto, leído en audiencia pública ante una sala abarrotada el pasado día 8, modificó la calificación inicial de los hechos como asesinato al considerar que el ataque no fue "totalmente sorpresivo" y sin dar "posibilidad de defensa" a los fallecidos.
En cuanto a las penas, el fiscal interesó para Baldomero S.G. las penas de 15 años de prisión, la máxima prevista en el Código Penal, por cada uno de los dos homicidios mientras que para Francisco Miguel S.F. solicitó 13 años de prisión por cada una de las muertes. Para José S.F. pidió, teniendo en cuenta la atenuante de colaboración con la Justicia, once años de cárcel por cada uno de los dos hechos delictivos.
Tras dos días de deliberación y la emisión de cuatro veredictos, uno por cada uno de los procesados, el jurado popular integrado por cinco mujeres y tres hombres consideró probado que el 27 de julio de 2012 tuvo lugar una disputa entre condenados y víctimas en el interior de un pub de propiedad familiar por "diferencias en la administración" y que esta dio lugar a que el hermano de Baldomero S.G., posteriormente abatido a tiros, requiriese la presencia de la Policía Nacional.
Por unanimidad, concluyó que Baldomero S.G., con intención de acabar con la vida de su hermano y de su sobrino, se dirigió a su domicilio, contiguo al de ellos, y una vez allí "sacó las armas de fuego" propiedad de sus hijos Francisco Miguel y José, y "cargó la munición".
Remarca que "esperó a que llegaran a su casa y, tras situarse en la acera de enfrente empuñando el revolver de José, procedió a disparar con el revolver". Cuatro de los tiros impactaron contra su hermano, dos de ellos mortales de necesidad al alcanzar el cráneo, mientras que su sobrino sufrió otros dos impactos "que le atravesaron y provocaron gravísimas lesiones, afectando a órganos vitales".
En el caso de Francisco Miguel, el veredicto recogió que las pruebas periciales "lo sitúan como tirador" a una distancia de 1,5 metros, "avanzando hacia la fachada" si bien, según apunta, "comenzó a disparar entre dos vehículos estacionados". En total, realizó siete disparos. Remarcó, no obstante, que después de eso "se entregó y colaboró sin resistencia". Ambos, padre e hijo, dieron negativo en el test de pólvora lo que el jurado explica con que se lavaron las manos en la "bañera".
Con respecto a José, el jurado dictaminó que actuó como cooperador necesario "ya que sacó el revolver que uso Baldomero de la caja fuerte de la que solo él tenía la llave y cargó el arma".