Un juzgado de Almería ha condenado a una una mujer, I.M.M.L., a pagar 50.000 euros a G.M.T.V., una modelo almeriense, por insertar en internet un anuncio haciéndose pasar por ésta para ofrecer sus servicios como prostituta, tras tener un desacuerdo sobre el pago de un reportaje fotográfico.
El fallo de la sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Almería y consultada por Efe, recoge que los hechos constituyen una intromisión e injerencia en los derechos fundamentales de G.M.T.V. a su honor, su intimidad personal y familiar y a su propia imagen, y señala el "daño moral" que a consecuencia de esto se le generó a la misma.
Los hechos se remontan a 2008, cuando la fotógrafa acordó con la modelo, que tenía 20 años y había participado en un programa de la televisión nacional, hacerle un reportaje fotográfico ya que "estaba intentando abrirse camino profesionalmente como modelo", por lo que sólo le cobraría los materiales empleados.
Tras hacerle las fotos tanto vestida como en ropa interior, la modelo manifestó sin embargo que "no valían" y no le pagaría nada, a lo que la procesada respondió enviándole un mensaje advirtiéndole de que "la había denunciado y le iba a buscar la ruina".
Al día siguiente G.M.T.V. comenzó a recibir llamadas de hombres que querían citarse con ella y descubrió que la condenada había insertado en una página web de contactos sexuales un anuncio de contenido sexual y "degradante" en el que se hacía pasar por ella y se ofrecía "explícitamente como prostituta".
En dicho anuncio aportó información personal sobre ésta, 2 números de teléfono y adjuntó varias fotografías en ropa interior pertenecientes al reportaje fotográfico, que ésta nunca le entregó.
El magistrado advierte en el fallo de que existen "una serie de indicios y presunciones que llevan a crear prueba plena de la autoría de dicho anuncio y que apuntan a que, efectivamente, fue la demandada la autora del mismo".
De hecho, la Policía constató durante la investigación realizada que el anunció se subió a la web desde Ibiza, según confirmaron al comprobar la dirección IP de la conexión, que correspondía a la de un vecino de la acusada, que en aquel momento "se encontraba" en la isla.
El magistrado incide en que tanto el título como el contenido del anuncio "vulneran sin lugar a dudas el derecho al honor de G.M.T.V., haciéndola pasar por prostituta, ofreciendo servicios sexuales de todo tipo, con un evidente ánimo de causar el mayor daño posible en su honor y en su fama".
"La demandada ha vulnerado el derecho a la intimidad personal y familiar de G.M.T.V. al divulgar públicamente hechos que pertenecen a la esfera más íntima de la persona, en este caso de carácter sexual, así como datos personales de aquella, relativos a su profesión de modelo y a su aparición en programas de televisión", insiste.
Agrega que la procesada "ha vulnerado el derecho a la propia imagen de G.M.T.V. al insertar en internet el anuncio con 4 fotos de ésta sin su necesaria autorización".
Todo ello provocó "un grave perjuicio moral" y una "lesión muy grave" en los referidos derechos fundamentales básicos de la modelo, al difundirse el anuncio "por el medio que actualmente es el más global que existe como es internet", concluye el magistrado.
Aunque los hechos tuvieron lugar en 2008, el proceso se ha dilatado en el tiempo después de que la modelo, según indicó a Efe su abogado Antonio Relaño, renunciase a la vía penal y acudiese a la civil, solicitando una indemnización de 50.000 euros que finalmente le resultó concedida.