Condenado a prisión y expulsión del país por participar en un atraco

Publicado: 21/05/2020
Por su participación en un atraco que tuvo lugar el pasado mes de febrero en Las Norias de Daza de El Ejido
Una juez de Almería ha condenado a dos años de prisión a J.B. por su participación en un atraco que tuvo lugar el pasado mes de febrero en Las Norias de Daza de El Ejido (Almería), si bien el penado deberá cumplir únicamente la mitad de la condena en prisión mientras que la otra mitad será sustituida por su expulsión del país por un periodo de diez años, al encontrarse en España en situación irregular.

Así consta en la sentencia, dictada en firme de conformidad y a la que ha tenido acceso Europa Press, tras el juicio celebrado este miércoles en la Ciudad de la Justicia, donde a lo largo de este mes se han visto algunas causas con preso en las que, o bien el acusado o bien los testigos y peritos, han declarado por videoconferencia mientras que los jueces, fiscales y representantes legales han acudido a la vista oral, ya que la ausencia de una sala multiconferencia ha impedido realizar juicios completamente telemáticos.

En este caso, se ha declarado probado que sobre las 22,30 horas del pasado 15 de febrero, el acusado se encontraba en compañía de otro varón que no ha podido ser identificado cuando, "movidos por ánimo de ilícito enriquecimiento", abordaron a un hombre que caminaba por la calle Zaragoza de las Norias de Daza de El Ejido al que amenazó con "lanzarle dos botellas de cristal mientras su acompañante lo intimidaba con una navaja".

Tras haberle exigido sus objetos de valor y para evitar una agresión, la víctima, que iba acompañada de otra persona, entregó a los atracadores su reloj y unas gafas de sol, tasados en 468,59 euros, y una cartera con 200 euros que fue recuperada por su propietario cuando el acusado y su acompañante se apoderaron del dinero, ya que la arrojaron al suelo.

El acusado, que ha estado detenido y en prisión provisional desde el 16 de febrero, deberá cumplir un año de prisión, abonar una indemnización por el valor de los objetos sustraídos y posteriormente será expulsado del país durante un periodo de diez años al encontrarse en situación irregular en el territorio nacional.

La juez, que especifica que en caso de no poder ejecutar la expulsión la pena de dos años debería cumplirse de forma íntegra, detalla además que en caso de que una vez expulsado fuera nuevamente sorprendido en la frontera, el acusado deberá ser directamente sacado de nuevo del país y el plazo de diez años comenzaría a computarse de nuevo en su integridad o, en su caso, deberá cumplir el resto de penas sustituidas excepto si se acuerda reducir su duración.

ACCESO A LA DEPENDENCIAS JUDICIALES

Cabe recordar que el juez decano de Almería, David Villagrá, prohibió el acceso del público a la sede de los juzgados unipersonales de la ciudad con la única excepción del Registro Civil, de modo que mientras persista el estado de alarma, la atención al público y a los profesionales se realizara, con carácter general vía telefónica en horario de 9,00 a 14,00 horas o a través del correo electrónico habilitado a tal efecto.

No obstante, según los acuerdos adoptados por los órganos judiciales, a partir del 4 de junio se alzarán los plazos procesales por lo que se reanudarán la celebración de juicios si bien, para evitar el riesgo de contagio del virus en un espacio reducido como son las salas de vistas, se dispensa temporalmente con carácter general la presencia de procuradores durante un periodo prorrogable de tres meses, siempre que su representación haya sido correctamente conferida.

Asimismo, según las últimos acuerdos gubernativos de Villagrá, a partir de este jueves tanto particulares como profesionales que accedan al edificio judicial por intervenir en alguno de los procedimientos declarados esenciales deberán usar sus propias mascarillas y, en caso de que no dispusieran, se les facilitará a la entrada. En ambos caso deberán utilizar gel desinfectante en las manos.

Igualmente, en todos los casos deberán tener la mascarilla durante todo el recorrido que deban realizar en la sede judicial, no debiendo permanecer en la misma una vez.

Para aquellos casos en los que resulte "imprescindible" acudir a la sede judicial será necesario obtener previamente la correspondiente cita del órgano correspondiente. La prohibición de acceso al público a la sede de los juzgados es general salvo que se acredite y "justifique documentalmente" que se ha sido citado por un órgano judicial o se ha obtenido la cita previa.

Este acceso se limitara a la persona que ostenta esa citación o es parte procesal y solo, mediando causa justificada por razones de salud o imposibilidad física podrá acceder al edificio acompañado de otra persona, remarca el acuerdo.

La resolución adoptada por el juez decano de Almería también hace una excepción para los usuarios del Registro Civil, para la inscripción de defunciones, expedición de las licencias de enterramiento y certificados de fe de vida.

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