Condenado a siete años por llevar más de 1,5 kilos de cocaína ocultos en su moto

Publicado: 03/05/2025
Los guardias civiles pidieron al procesado que abriese el compartimento de la motocicleta o entregase las llaves
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a una pena de siete años y medio de prisión a un hombre por llevar escondidos más de 1,5 kilos de cocaína en un compartimento de su moto con la que circulaba por la carretera A-7 en la localidad malagueña de Marbella.

Así, rebaja la pena de ocho años impuesta inicialmente por la Audiencia de Málaga a este acusado, al estimar en parte el recurso presentado por la defensa y anular la circunstancia que agrava la pena de reincidencia. No obstante, los hechos probados se mantienen iguales que en la resolución inicial.

Según se declaró acreditado, y consta en la sentencia del TSJA a la que ha tenido acceso Europa Press, en mayo de 2023, dos agentes de la Guardia Civil, que estaban en un control de vehículos debidamente indicado en la A-7 en dicho término municipal, dieron el alto a la motocicleta en la que circulaba el acusado.

Una vez identificado el conductor, en el momento en que es requerido para que abriera el compartimento de maletero bajo el asiento de la motocicleta, el mismo apartó con su mano al guardia civil y huyó del lugar a toda velocidad, teniendo que apartarse el otro agente ante el riesgo de ser atropellado.

Ambos guardias civiles persiguieron al acusado, que recorrió a toda velocidad varias calles de las urbanizaciones cercanas, hasta que se percataron de que entraba en su domicilio, en la zona de Nueva Andalucía, y aparcaba la motocicleta en el jardín de la casa, señala la resolución.

En ese momento, los agentes, desde el exterior del recinto, a través de la puerta de entrada enrejada, identificaron a una persona que se encontraba en el jardín, que resultó ser el padre del acusado, quien avisó a su hijo para que saliera del interior de la vivienda donde había ido.

Los guardias civiles pidieron al procesado que abriese el compartimento de la motocicleta o entregase las llaves y cuando esto sucedió pudieron observar que en el interior del compartimento había varias bolsas de plástico que contenían dos placas de una sustancia estupefaciente prensada.

Dicha sustancia incautada, una vez practicados los pertinentes análisis de toxicología, resultó ser cocaína, una placa con un peso neto de 991,30 gramos y la otra, de 997,20 gramos, que hacían "1,5 kilogramos de cocaína pura". Esta droga tenía un valor en el mercado de 70.343 euros y el acusado la tenía para su venta a terceros.

Por estos hechos, se condenó al procesado por un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daños a la salud, en cantidad de notoria importancia, con la circunstancia que agrava la pena de reincidencia, y se le impuso ocho años de prisión y multa de 150.000 euros.

Frente a esta sentencia, la defensa del acusado presentó un recurso en el que alegó, entre otros aspectos, la aplicación indebida de la agravante de reincidencia, sin que en los hechos probados de la sentencia se consigne la fecha de la condena anterior por un delito contra la salud pública y tampoco la pena que se impuso, la fecha de firmeza y la de extinción de la condena.

Así, el alto Tribunal andaluz estima este recurso en esta parte y mantiene los hechos probados, aunque precisa que estos no contienen "ninguna de dichas menciones", por lo que "forzosamente ha de suprimirse la agravante de reincidencia aplicada". Esto obliga a realizar una nueva individualización de la pena.

En este punto, y teniendo en cuenta elementos como la cantidad de droga intervenida y la previa condena a dos años de prisión por un delito contra la salud pública en una sentencia firme en febrero de 2021. Con esto, fija la pena en siete años y medio de cárcel, manteniendo la multa en 150.000 euros.

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