Tozudez

Publicado: 08/05/2025
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Nertis

La sociedad, la política o la justicia desde el punto de vista de los miembros del despacho Nertis Legal

La Tribuna de Nertis

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Juan Bautista Jiménez, abogado en Nertis ETL Global, nos habla de la tozudez de la Agencia Tributaria al no atender las sentencias el impuesto de hidrocarburos
Hace un tiempo escribí sobre las consecuencias favorables que para varios colectivos empresariales iban a tener las sentencias del nuestro Tribunal Supremo en las que se declaraba la nulidad de una parte del impuesto de hidrocarburos: concretamente sobre la nulidad del tramo autonómico. En dicho comentario, tras referirnos a la doctrina que nuestro Alto Tribunal había establecido de que, por aplicación de los principios consagrados por la jurisprudencia comunitaria de equivalencia y efectividad, el Estado español venía obligado a devolver lo que indebidamente había cobrado,  resumía los distintos procedimientos para hacerlos efectivos, que eran distintos según sea la posición del solicitante en la cadena de distribución de los hidrocarburos. Muchos de ellos están siendo tramitados con resultado presumiblemente desfavorable para el Estado español, pues son procedimientos tipificados y concretos donde la Agencia Tributaria tiene poco que decir después de su condena.

Sin embargo, estas sentencias crean un procedimiento específico que no está tipificado en el ordenamiento jurídico español, que ha de ejercitarse en el caso de que el proveedor del solicitante resultara insolvente, determinando las citadas sentencias que es la empresa que ha soportado incluido en el precio del carburante el impuesto declarado nulo quien tiene acción directa frente a Hacienda por no poder reclamárselo directamente a su proveedor al ser insolvente. Es la AEAT la que ha de ocupar su lugar y devolverlo a quien compró al proveedor insolvente, debiendo ser el Estado quien arbitre el procedimiento adecuado a fin de hacer efectivas esas devoluciones. Tal es su tenor literal, su mensaje y su mandato.

Pues bien, resulta sorprendente -dejando perplejo a quien suscribe-que con la claridad con que se expresa nuestro Tribunal Supremo -que no deja duda-, la Agencia Tributaria se “haga la loca”, haga “oído sordo” y no se dé por aludida, desarrollando una conducta totalmente renuente al resolverlos recursos planteados por las empresas donde nada contesta y niega la mayor sin dar respuesta clara y coherente a las pretensiones y sin sujetarse a ningún fundamento legal. Inaudito. Sencillamente, no contesta a lo que se le ha pedido. Sin más. Y el contribuyente a seguir en los recursos sin tener la sensación de que se le está contestando. Está claro que a ella no le cuesta nada pagar a un abogado mientras que el contribuyente tiene que pagar una fortuna para hacer valer sus derechos que resultan claramente reconocidos en las sentencias citadas. Muchos de ellos no tienen pulmón financiero para seguir litigando y de eso se aprovecha claramente el Estado. Y otros acaban aburridos de tantos noes y desconfían de la justicia, pues no entiende cómo una cosa que está clara llegue a convertirse en algo complicado y largo en el tiempo.

Y mientras tanto, nuestro Presidente dejando caer que todo se hace bien, que estamos en un País maravilloso y que hay que darle la enhorabuena a la ciudadanía. Pues desde luego, los ciudadanos que se encuentran en esta situación no piensan lo mismo.

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