La pasarela de Altadis no saldará las cargas urbanísticas pendientes de KKH

Publicado: 29/06/2025
La promotora del complejo hotelero y de ocio tendrá que destinarlas a dotaciones públicas en el barrio de Los Remedios
El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla celebrado el pasado 26 de junio aprobó de forma definitiva el Estudio de Ordenación de la zona Norte de la antigua fábrica de tabacos de Altadis promovido por su nuevo dueño, el grupo KKH Property Investors, pero con una importante salvedad, fruto de una alegación vecinal, que impedirá a la propiedad compensarse urbanísticamente el coste de la pasarela entre las dos orillas de la dársena del Guadalquivir.

La Corporación Municipal ha estimado parte de la alegación presentada en su día por Miguel Prados Rodríguez, vicepresidente de la asociación de vecinos de Los Remedios, aunque en este caso formuladas a título particular.

El punto aprobado es del siguiente tenor: "Destinar las cargas urbanísticas obtenidas efectivamente a dotaciones públicas locales en Los Remedios, evitando su absorción en infraestructuras de interés general. En concreto, no imputar el coste ni la carga de la pasarela peatonal sobre el río al cupo de obligaciones urbanísticas del proyecto Altadis, al tratarse de un sistema general de infraestructuras de ciudad y no de una dotación local​. Se solicita que la pasarela se gestione mediante los instrumentos y fuentes de financiación correspondientes a los sistemas generales (ya sea con presupuesto municipal, autonómico, fondos europeos o convenios específicos), pero liberando al proyecto Altadis de cargar con dicha infraestructura en detrimento de las dotaciones de barrio que legalmente debe proporcionar".

Por su parte, el Servicio de Planeamiento y Desarrollo Urbanístico de la Gerencia de Urbanismo emitió el 3 de junio (2025) un informe cuyo contenido coincide con las tesis expuestas en la alegación: "En base a la definición que la legislación urbanística realiza de las actuaciones de mejora urbana, constan en el expediente de este Estudio de Ordenación informes técnicos y jurídicos indicando al promotor que se deben excluir aquellas actuaciones que queden fuera del ámbito del área homogénea o que no cuente con ninguno de los objetivos de la mejora urbana definidos en el citado artículo 37 de la LISTA".

LA ALEGACIÓN

En su alegación, Miguel Prados argumenta que si se hubiera tramitado correctamente como actuación de dotación (suelo urbano no consolidado), el desarrollo de Altadis estaría sujeto a los deberes legales que conllevan este tipo de actuaciones. En particular, conforme a la LOUA y al TRLSRU, los promotores deben ceder gratuitamente al Ayuntamiento los terrenos necesarios para nuevas dotaciones públicas locales que permitan restablecer el equilibrio dotacional del área.

Esta cesión de suelo dotacional ha de ser proporcional al aumento de necesidades generado por la mayor edificabilidad y nuevos usos. De hecho, el PGOU de Sevilla fija estándares mínimos (por ejemplo, áreas para espacios libres, zonas verdes y equipamientos por habitante) que deben cumplirse. La LOUA (arts. 18 y 45, entre otros) imponía, en suelo urbano no consolidado, reservas mínimas para equipamientos públicos (un 4% de la superficie del ámbito en el caso de Los Remedios, según se desprende del art. 18 LOUA).

Adicionalmente, la ley exige la cesión del porcentaje legal de aprovechamiento urbanístico al municipio (por regla general, un 10% del aprovechamiento lucrativo del ámbito, salvo normativa local en contrario), con el fin de que la Administración pueda destinarlo a vivienda protegida o a dotaciones públicas.

Estos deberes son de obligado cumplimiento y su objetivo es asegurar que el interés general quede garantizado en cualquier operación inmobiliaria de esta naturaleza. La no exigencia de estas cesiones en la ordenación de Altadis resulta, por tanto, injustificable, a juicio del alegante.

Miguel Prados recuerda que la propia propuesta municipal del año 2015 (mandato de Zoido como alcalde) contemplaba la entrega al Ayuntamiento de los suelos con aprovechamiento correspondiente para equipamientos locales, precisamente por aplicarse el régimen de reforma interior y equidistribución de cargas​.

En cambio, la actuación actual apenas cede 965 m² de suelo dotacional (frente a los 4.300 m² de suelo dotacional esperables) y "desaparecen" por completo los 8.000 M2 de techo construido público que debían contemplarse adicionales a los metros de suelo, incumpliéndose en opinión del alegante la reserva mínima legal y dejando al barrio de Los Remedios sin los nuevos equipamientos públicos que le son debidos.

Ambos, suelo y techo públicos, son los que podrían dar cabida a un centro público deportivo, una biblioteca y un centro de participación activa para mayores, dotaciones que la Asociación de Vecinos de los Remedios reclama para el barrio.

El importe de estas actuaciones es equivalente al coste de la pasarela, 7 millones de euros, que sigue «debiéndole» KKH al barrio de Los Remedios y que, según el acuerdo municipal, no puede «pagar» con la pasarela, que es una infraestructura para toda la ciudad de Sevilla

Este vecino de Los Remedios ha insistido permanentemente que la futura pasarela peatonal, conocida como la pasarela de Altadis, es un sistema general de infraestructuras, no una carga local del ámbito y por tanto no se trata de un "regalo" para el barrio. Dicho de otro modo, KKH no podrá cargar el coste de la pasarela a la parcela de la antigua tabacalera Altadis como "carga urbanística" ni saldar con dicha infraestructura su "deuda urbanística" con Los Remedios.

© Copyright 2025 Andalucía Información