La Audiencia de Sevilla ha acordado mantener en prisión a uno de los tres detenidos por los destrozos causados en los restos arqueológicos de la Plaza de Armas de Écija (Sevilla) el pasado 10 de marzo, mientras que ha acordado la libertad de los otros dos detenidos.
La sección primera de la Audiencia ha decidido que uno de los tres detenidos permanezca en prisión provisional comunicada y sin fianza por un presunto delito de robo en concurso con un delito de daños de bienes de valor histórico, artístico, cultural y en yacimientos arqueológicos.
La pena por ese delito causado en un mosaico romano podría ser de uno a tres años de prisión, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en un comunicado.
Respecto a los otros dos detenidos, la Audiencia ha acordado la libertad provisional y la libertad provisional con fianza de 800 euros de dos de los hombres que ingresaron en prisión acusados de haber robado y causado graves destrozos en el yacimiento.
Los tres detenidos tenían intención de robar pero terminaron causando destrozos en el yacimiento al no encontrar nada que consideraran de valor para ellos, según la policía.
Para los magistrados que han resuelto el recurso que pedía la libertad de los tres detenidos en prisión provisional, "no cabe dudar del valor arqueológico de lo dañado", un yacimiento con la consideración de Bien de Interés Cultural.
Según la Audiencia, existen sólidos indicios de que J.M.G.P. fue la persona que, tras saltar la valla perimetral del recinto del yacimiento, causó graves desperfectos y se llevó lo que pudo transportar en una bolsa.
Así resulta de la grabación hecha por las cámaras de vigilancia, en las que puede ser identificado cuando entra y sale del yacimiento, así como por la indumentaria que llevaba, que ha sido intervenida con posterioridad.
Además, le ha sido incautado un clavo que el arqueólogo municipal reconoce como depositado en un determinado lugar en el recinto del yacimiento antes de la ilícita entrada.
En su declaración policial, el acusado admitió sustancialmente los hechos que se le imputan y explicó a los agentes dónde abandonó los restos, lo que facilitó su hallazgo.
Por estas acciones, los jueces consideran que J.M.G.P. causó unos daños intencionados en un yacimiento arqueológico y unos destrozos de difícil y costosa reparación, en caso de que fuera posible, y añaden que no les constan posibles padecimientos psiquiátricos.
Con respecto a otro detenido, A.E.A., los jueces no aprecian indicios suficientes para acordar la prisión provisional porque no fue identificado con precisión en las grabaciones de las cámaras de vigilancia y solamente se dispone de la declaración judicial de otro de los detenidos quien, tras afirmar que nada recordaba, manifestó que "iba bebido y drogado" con él.
Por ello, y a petición del fiscal, los magistrados entienden que procede su puesta en libertad provisional con la obligación de comparecer semanalmente ante el Juzgado Instructor.
Sobre el tercer detenido, R.C.P.R., las pruebas indican que se quedó en el exterior del yacimiento aguardando la salida de J.M.G.P.
Tras su detención, se le encontró un vaso de plástico azul idéntico a otro encontrado en el interior del recinto por la policía, y en su declaración policial dijo que accedió al yacimiento con un vaso azul de plástico y lo dejó en su interior cuando se marchó.
Sin embargo, dada su intervención en los hechos -respecto de los que no consta que fuera el causante material de los graves daños causados al yacimiento-, los magistrados consideran que la prisión acordada será eludible mediante una fianza de 800 euros.