El hombre de 42 años enjuiciado por 'matar a palos' a su pareja, de 35 años y con la que tenía una niña de 3 años, en 2021 en Torrevieja ha sido declarado culpable por un jurado popular en la Audiencia Provincial de Alicante.
Por unanimidad, los miembros del jurado han condenado a Antonio David M.B. por los delitos de asesinato con alevosía y ensañamiento de María Elia R.L., además de varios contra la integridad moral, lesiones, maltrato en el ámbito familiar y maltrato habitual, al término de un juicio que comenzó el pasado lunes con un reconocimiento de los hechos por parte del acusado.
Esta admisión del crimen ha sido apreciada por el jurado con la atenuante de confesión, a la espera de la pena que le imponga el magistrado que ha presidido la vista oral, donde la Fiscalía ha pedido finalmente cerca de 33 años de prisión.
El crimen ocurrió la noche del 17 de diciembre de 2021 después de que el acusado, que doblaba en corpulencia a la mujer, le propinase una paliza y le asestase múltiples golpes "contra una o varias superficies duras" hasta causarle la muerte. Además, la autopsia reveló que le había introducido papel en la boca y garganta para que no pudiera gritar para pedir auxilio.
La muerte de María Elia, que no opuso resistencia quizá por su complexión débil, no fue instantánea sino que falleció en un horizonte que los forenses sitúan antes de la una de la madrugada. Horas después, sobre las siete de la mañana, el procesado se dirigió al cuartel de la Guardia Civil y adujo que necesitaba ayuda para tomar el pulso a su pareja, con la que había discutido.
La Fiscalía solicitaba de forma inicial para el acusado una condena por un total de 36 años de prisión, 25 de ellos por el delito de asesinato con alevosía y ensañamiento y 11 más por el resto de los delitos que se le atribuyen.
No obstante, al término de la lectura del veredicto, la fiscal ha rebajado en cerca de tres años la solicitud de pena global. Ha mantenido los 25 años por el delito de asesinato, pero ha rebajado de 2 años a un año y 3 meses la pena por el delito contra la integridad moral, y de 5 años a 3 años y 9 meses por el delito de lesiones. Por lo demás, ha mantenido el año de cárcel previsto por el delito de maltrato y ha rebajado de 3 a 2 años la solicitud por lo que respecta al delito de maltrato en ámbito familiar.
Por su parte, tanto la acusación particular, ejercida por los padres y hermano de la víctima, como la acusación popular, representada por la Generalitat Valenciana, se han adherido a la posición de la Fiscalía tanto en la responsabilidad penal como en la responsabilidad civil.
En este último apartado, además de demandar compensaciones de más de 200.000 euros para la hija de la fallecida y de más de 100.000 para cada uno de sus padres, se ha solicitado también otros 45.000 euros para su hermano.
Las tres acusaciones han solicitado que se mantuviese la medida de prisión provisional hasta el dictado de la sentencia mientras que la defensa ha pedido la pena mínima establecida en el Código Penal para cada uno de los delitos que se han considerado probados, dado que se había tenido en cuenta la atenuante de confesión.
En esta línea, ha incidido en que el procesado también había colaborado con la Justicia al acudir a la Guardia Civil y conducir a los agentes hasta el lugar en el que se encontraba el cadáver de la víctima.