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Miércoles 27/11/2024
 

San Fernando

Trabajadoras de Ayuda a Domicilio denuncian que la empresa dificulta su derecho al voto

“A alguna compañera le han dado 30 minutos, cuando realmente le corresponden cuatro horas” y luego han dejado de coger el teléfono "incluso al Ayuntamiento"

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  • Reinvindicaciones de Ayuda a Domicilio.

Las trabajadoras del Servicio de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de San Fernando han denunciado este domingo que la empresa Claros SCA, concesionaria del mismo, está “incumpliendo con su obligación de facilitar el tiempo legal necesario para que las auxiliares que trabajan en el día de hoy, jornada electoral, puedan ejercer su derecho al voto”.

Dice la ley “que las empresas tendrán que proporcionar unas horas en función del tiempo de trabajo, y ésta, ni lo tenía previsto ni lo ha hecho cuando se le ha requerido. Hemos tenido que ser nosotras, ante la cercanía del día de las elecciones y viendo que la empresa no decía nada al respecto, las que le recordemos a Claros que tiene unas obligaciones que cumplir”.

El caso es que según la normativa aprobada para esta jornada electoral, contenida en el documento https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/105/BOJA22-105-00003- 9158-01_00262441.pdf, indica en su artículo 2 cuál debe ser el número de horas que la empresa tiene que conceder para poder ejercer este derecho constitucional. “Nada ha hecho la empresa, que se ha limitado a comunicar a las primeras trabajadoras que han llamado a preguntar que disponen de un tiempo para votar alejado de lo que dice la normativa”.

En algún caso, “a alguna compañera le han dado 30 minutos, cuando realmente le corresponden cuatro horas” según el decreto de la Junta, ya que trabaja más de seis horas este domingo. Después de asignar tiempos insuficientes para las primeras trabajadoras que lo solicitaron, la empresa dejó de coger el teléfono. Ni siquiera al Ayuntamiento, que advertido por nosotras, se ha interesado por el tema, y tampoco ha podido contactar con Claros SCA”.

Durante el día de hoy “vamos a intentar que la empresa cumpla y las compañeras puedan votar en las condiciones y con los derechos que la ley les confiere. Claros no solo incumple la normativa laboral y la contractual, sino que ahora tampoco respeta la legislación electoral y dificulta el ejercicio de un derecho fundamental de los que recoge nuestra Constitución, concretamente en el artículo 23. En el día de hoy intentaremos que la Junta Electoral obligue a CLAROS a cumplir la ley y nos reservamos el ejercicio de otras acciones legales en los días posteriores”.

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