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Málaga

Denuncian al Ayuntamiento ante la falta de revisiones médicas a los bomberos

Desde el Sindicato Andaluz de Bomberos aseguran que la última se realizó en 2017

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  • Servicio en un accidente (archivo).. -
  • La falta de respuesta en diferentes ámbitos de prevención les llevó a acudir a la Inspeción de Trabajo

El Sindicato Andaluz de Bomberos ha presentado una denuncia ante el Juzgado de lo Social contra el Ayuntamiento de Málaga por su “reiterada negativa a realizar las revisiones médicas anuales establecidas en la ley”.

Así, según señalaron a Viva Málaga desde el citado sindicato, la última revisión se produjo en el año 2017, cuando además, las dos anteriores se habían llevado a cabo en 2013 y 2008 respectivamente.

Además, tal y como recoge la denuncia actual, a la que ha tenido acceso Viva Málaga, en diciembre de 2016 se interpuso demanda ante la Inspección Provincial de Trabajo porque “la frecuencia y las pruebas médicas que se realizaban son insuficientes, teniendo en  cuenta la peligrosidad de las funciones del bombero y los riesgos para la salud a los que están expuesto”. Desde el citado organismo, se contestó, “tras comprobar una serie de deficiencias” con el “oportuno requerimiento al Ayuntamiento exigiéndole que planifique la vigilancia de la salud, estableciendo su periodicidad concreta, así como las situaciones previsibles excepcionales que puedan requerir una periodicidad mayor o alguna otra medida urgente al respecto”. Unas medidas correctoras para las que se daba un plazo de un mes, pero a las que afirman, no se ha dado cumplimiento.

Desde el SAB han señalado que el propio Oficial Técnico del Ayuntamiento, Carlos Utrera, con fecha de marzo de 2016 y con motivo de un informe realizado en relación a los riesgos atribuidos al uso  de equipos de intervención indicaba “la importancia de los exámenes médicos anuales, que no puede ser ignorada, la detección temprana y el tratamiento precoz son esenciales para aumentar la esperanza de vida. De lo que se deduce un reconocimiento teórico de la importancia de que estas se produzcan con una periodicidad anual”.

Los representantes sindicales de los bomberos aseguran que llevan años solicitando en numeroso  escritos las revisiones periódicas a los responsables de prevención de riesgos laborales y del Servicio, algo que han expuesto también en reuniones del Comité de Seguridad y Salud, sin obtener una respuesta favorable.

La falta de cumplimiento por parte del Ayuntamiento, llevó a los bomberos a interponer nueva denuncia ante la Inspección de Trabajo en septiembre de 2021 que recibió como respuesta que como el Ayuntamiento de Málaga “ya ha sido requerido por esta inspección, por lo que se hace inevitable acudir a la vía judicial, sin perjuicio de que se sigan comunicando a la inspección los incumplimientos que se sigan produciendo”.

Por último, en la demanda se pone de manifiesto la falta de profesionales sanitarios para la atención de la plantilla municipal. Así, se señala que “el Ayuntamiento de Málaga tiene en la actualidad 3.152 trabajadores y dispone de una Unidad Básica de Salud, compuesta por un Médico especialista en Medicina del Trabajo y un enfermero especialista en Enfermería del Trabajo, resultando que, como se establece en el art. 4 del Real Decreto, una Unidad Básica es la 3 dotación mínima hasta 2.000 trabajadores. De ahí la insuficiencia que mediante, la presente demanda, se denuncia”.

Por todo ello, se pide al Juzgado de los Social que “declare la obligación del Ayuntamiento de Málaga, en lo que respecta a los funcionarios del Servicio de Extinción de Incendios, a planificar, sin mayor demora, la vigilancia de la salud con periodicidad anual, determinando aquellas situaciones previsibles excepcionales, que pueden requerir una periodicidad mayor o alguna otra medida urgente al respecto”. También se pide  que se declare la obligación del Ayuntamiento de Málaga de “cumplir respecto a la dotación por rangos, de los recursos humanos de los Servicios Sanitarios de los Servicios de Prevención, a partir de la primera Unidad Básica Sanitaria, atendiendo al número de trabajadores, condenando a la Corporación demandada a estar y pasar por dicha declaración”.

 

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