La magistrada-juez del Juzgado de lo Contecioso-Administrativo número 4 de Cullera (Valencia) ha decidido inadmitir un recurso presentado por vecinos de la zona de Torre Espacio por la acústica de los festivales de música que se celebran en la localidad, el Medusa y el Zebra.
Los vecinos recurrieron en primer lugar ante el consistorio, que desestimó de forma expresa su petición, y posteriormente, el juzgado declaró en julio la inadmisibilidad de ese recurso por haberse formulado contra un acto de la administración local --una desestimación presunta de la reclamación para la protección de los derechos fundamentales-- que no existía ya que el consistorio sí que se había pronunciado expresamente.
Ahora, la magistrada inadmite el recurso contra ese auto de julio, cuyo contenido confirma en una resolución del pasado 12 de febrero, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
El recurso de los vecinos se dirigió frente a la desestimación presunta por parte del Ayuntamiento de Cullera de la reclamación que presentaron el 16 de enero de 2024 para la protección de los derechos fundamentales reconocidos en los artículos 15 y 18 de la Constitución Española y el cese de su "periódica violación" por ruidos de los festivales que se celebran juto a sus viviendas.
Sin embargo, el consistorio había desestimado "de forma expresa" esa reclamación mediante una resolución de Alcaldía con fecha de 13 de marzo de 2024, que fue notificada electrónicamente al representante de los demandantes dos días después. No fue hasta el 1 de junio de 2024 cuando los vecinos interpusieron el recurso contencioso-administrativo y, de esta forma, "cuando no existía desestimación presunta alguna susceptible de impugnación, porque ya se había dictado por parte de la Administración demandada resolución expresa".
Por tanto, señala la magistrada, "no cabía la interposición de recurso contencioso-administrativo alguno contra la desestimación presunta" de la reclamación, porque el silencio administrativo negativo en ese momento de la acción judicial "era inexistente".
La magistrada apunta que, en este caso, al haber sido ya notificados de esta resolución, "la única opción" de la que disponían era la de recurrir ante la jurisdicción contencioso-administrativa, "pero no interponer un recurso frente a una desestimación presunta que no se había producido, ya que no se puede juzgar sobre lo que jurídicamente no existe cuando se plantea el proceso".
Este hecho obliga a declarar la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo "por deducirse el mismo contra actividad inimpugnable", según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
"GRUPO MINORITARIO DE VECINSO"
Según afirma la organización del Medusa en un comunicado, en este caso un grupo "minoritario" de vecinos de Torre Espacio habían presentado un recurso debido a la licencia municipal otorgada a este festival y al Zevra por la acústica proyectada por la música.
De acuerdo con esta versión, "los demandantes pretendían obtener una indemnización económica de miles de euros a cuenta del erario público con el pretexto de la autorización concedida por la corporación municipal a la celebración de los festivales" y "se apoyaban en un ley de protección contra la contaminación acústica, la 7/2002, de 3 de diciembre, que quedó derogada por una modificación efectuada en 2019".
En virtud de esa modificación, la organización apunta que los consistorios "están facultados a autorizar festejos de carácter 'oficial, cultural, festivo, religioso y otros análogos', con un margen de emisión de decibelios más amplio, al tiempo que obliga a los promotores a adoptar medidas para mitigar el sonido".
Dentro de esa categoría, aseguran que la Ley "ampara a los festivales más importantes de la Comunidad Valenciana, entre los que se hallan Medusa y Zevra". La organización del certamen afirma que este recurso "se tramitó, además, en contra de la voluntad mayoritaria de la junta de propietarios de Torre Espacio" puesto que "dos tercios de los vecinos votaron en contra" de las acciones judiciales.
Los promotores de Medusa y Zevra subrayan que mantienen unas "excelentes relaciones" con la junta de vecinos de Torre Espacio "desde hace muchos años" y "una amplia mayoría de los propietarios apoya la actividad de los festivales y son conscientes de que los eventos son positivos para la ciudad y también para su barrio".
"Los escenarios más próximos a Torre Espacio funcionan solo seis días al año (tres en Zevra, a mediados de julio y tres en Medusa, a principios de agosto) y dan la espalda a las viviendas, al estar orientados en dirección al río Júcar", recalca la organización, que añade que ha instalado pantallas amortiguadoras del ruido y los equipos de sonido están "permanentemente monitorizados para causar la menor molestia posible". La organización recuerda que Zevra tendrá lugar de del 18 al 21 de julio y Medusa del 7 al 11 de agosto de 2025.