El tiempo en: Valencia
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Archivan la causa penal de Burguillos contra el gerente de Urbanismo

La magistrada considera que no hay indicios de criminalidad en el informe pericial que realizó como arquitecto para una vecina de Burguillos

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
  • Fernando Vázquez, en un acto reciente como gerente de Urbanismo. -

El juzgado de Instrucción 10 de Sevilla ha archivado la causa penal contra el actual gerente de Urbanismo de Sevilla, Fernando Vázquez, por un delito de falsedades al “no existir indicios racionales de criminalidad” en el caso del informe pericial que realizó para una familia en un litigio que tenía por unos terrenos con el Ayuntamiento de Burguillos, cuyo alcalde, Domingo Delgado, llegó a acusarle de coacciones durante el procedimiento.

La titular del Juzgado, Pilar Ordóñez Martínez, considera que el informe pericial que realizó Fernando Vázquez, en su calidad de arquitecto y antes de que fuera nombrado titular de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente de Sevilla, “no queda acreditado” que fuera “infundado o manifiestamente insostenible, ni que el perito actuase faltando a la verdad conscientemente, ni que sus criterios sean arbitrarios”.

Según la magistrada, el informe “no puede refutarse falso y éste ha sido valorado junto con el resto de pruebas por el juez de lo Contencioso”, recordando que para que se determine que se falta a la verdad se debe actuar “maliciosamente”, sin que se puedan considerar que “las meras discrepancias de opiniones sean delito”.

De hecho, apunta la magistrada que el debate sobre si el parque municipal Barrio Lejos está construido en terrenos exclusivos del Ayuntamiento o de la señora Simona, “no corresponde decidir a este Juzgado por no ser de su competencia”, algo que debe ser dilucidado en el ámbito contencioso-administrativo, apuntando que los hechos denunciados “no merecen reproche en el ámbito penal”.

En la exposición de motivos, la juez recuerda que el informe pericial que realizó Vázquez, aun siendo contradictorio con otros aportados en la causa, fue valorado junto con el resto de las pruebas por el juez de lo Contencioso, ámbito en el que está recurrido y pendiente de resolución al estimarse las pretensiones de la señora Simona frente a las del Ayuntamiento, y apunta que “su testimonio prácticamente no fue relevante para la decisión adoptada” por el contencioso.

“Tiene razón la representación procesal del querellado (Fernando Vázquez) cuando alega que a través de esta querella se pretende revocar el contenido de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, donde no se impugnó su informe ni se presentó otro contradictorio”, llega a decir la magistrada.

 

 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN