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La Audiencia absuelve al hombre acusado de estafar en la venta de una parcela ilegal en Obejo

Considera que "los compradores eran conscientes del carácter ilegal de la parcelación", primera demolida en la provincia por orden judicial

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha absuelto al hombre acusado de estafar en la venta de una parcelación ilegal en la localidad cordobesa de Obejo, que posteriormente pasó a ser la primera de la provincia cuyas casas fueron demolidas por orden judicial.

   Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, con antecedentes penales no computables en esta causa, era titular de una zona segregada de la 'Finca Pedrique', denominada 'Dehesa de las Matanzas', en Obejo. La finca en cuestión consta de una superficie de terreno rústico de 12.460 metros cuadrados.

   El procesado, "consciente de la naturaleza de suelo no urbanizable", la parceló a fin de enajenar las parcelas para construcción de viviendas, "sabedor de la ilegalidad de su conducta pero en la confianza que se consolidarían las operaciones, al igual que había sucedido en las muchas parcelas con construcciones circundantes, con posibles sanciones pero no con derribo de lo construido, como había sucedido hasta entonces".

   Además, la sentencia indica que los precios de enajenación eran superiores al terreno rústico que se vendía, pero inferiores a los de calificación de urbanos. Mientras, los contratos de compraventa se formalizaron en documentos privados y en todos ellos se hacía constar "el carácter rústico del terreno y que solo se elevarían a escritura pública cuando la normativa vigente lo permitiese".

   En este sentido, "todos los compradores eran conscientes del carácter ilegal de la parcelación y todos ellos ingresaron como socios en la comunidad de vecinos de Pedrique, que de facto regulaba los gastos de la urbanización y tenía fondos y proyectos para intentar la legalización urbanística", según subraya la resolución judicial.

   No obstante, en junio de 2004 se dictó un decreto por la Alcaldía de Obejo en el que se ordenaba la "inmediata" suspensión de las obras, con prevenciones legales entre las que se incluía la demolición. El acusado "hacía caso omiso", y aunque la Alcaldía no sancionó, ni ordenó demoler, denunció los hechos.

   La causa penal culminó con una sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba en noviembre de 2007, por la que se condenaba al acusado por un delito contra la ordenación del territorio, con demolición de lo construido. Una demolición que fue ejecutada, "constituyendo un hito en la materia no solo en esa zona sino en la provincia".

   Asimismo, la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia detalla que "no consta que la ocultación por el acusado a los compradores" de lo relatado anteriormente, de lo que "pudieron tener conocimiento externo por vecinos, policía y comunidad de vecinos, lo fuese con el propósito de que no desistiesen de su intención de comprar".

   Igualmente, la resolución apostilla que los afectados terminaron por sus propios medios sus viviendas, que en mayor o menor grado, se encontraban con la construcción iniciada cuando adquirieron las parcelas.

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