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Miércoles 27/11/2024
 

Campo de Gibraltar

El TSJA cuestiona que haga falta un juzgado exclusivo de menores

La sala ingresó 394 asuntos, sobre un módulo que sitúa el ideal de carga de trabajo entre 789 y 961. El órgano judicial algecireño es el segundo con menos casos de Andalucía,

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  • Juzgado de menores. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) concluyó en su memoria anual, y a la vista del número de casos ingresados por los diferentes juzgados de menores andaluces, que “si bien no se considera necesario aumentar la planta de los juzgados de menores, antes, al contrario, algunas demarcaciones están muy por debajo del porcentaje razonable y rentabilidad para un juzgado exclusivo”.

Se da la circunstancia de que el Juzgado de Menores de Algeciras se encuentra en el furgón de cola en lo que a asuntos se refiere dentro de los 18 órganos andaluces dedicados a este cometido en Andalucía, Ceuta y Melilla.

De hecho, con los 394 asuntos ingresados (incluida ejecución) únicamente superan a la demarcación de Melilla (322), y quedan prácticamente a la mitad del mínimo establecido en el módulo (carga ideal de asuntos) establecido según  Acuerdo del Pleno del CGPJ, de fecha 21 de enero de 2013, de forma experimental, entre los 789 y 961 asuntos por año.

Hay que tener en cuenta, no obstante, que esta carga ideal de trabajo estaba fijada anteriormente en los 650 asuntos, aunque el registro del juzgado algecireño sigue lejos de esa cifra.

Con todos estos datos en la mano y la conclusión del TSJA, se deduce claramente que el Juzgado de Menores de Algeciras es, al margen de otras consideraciones, poco rentable, según el TSJA.

Llama la atención, en cualquier caso, la diferencia en volumen de casos ingresados con respecto a una población de similar población, como Cádiz, que por contra ingresó 990 supuestos, casi el triple que Algeciras; mientras que Jerez, con unos 214.000 habitantes, se situó en 719.

Otros ‘candidatos’
Huelva (520), Ceuta (553) y Melilla (322) se encontrarían también entre los juzgados situados ampliamente por debajo de la media de asuntos considerada ideal, por lo que podrían entrar también en esta relación de juzgados poco rentables.

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