Agentes del Cuerpo Nacional de Policía de la Comisaría de Algeciras, adscritos a la UDEV II, procedieron a la detención en los últimos días, de I.C.S.G., de 27 años, como presunta autora de un delito de simulación de delito al haber denunciado falsamente que fue victima de un robo con violencia en la vía publica y tras la investigación para lograr esclarecer los hechos se comprobó que la denunciante había faltado a la verdad, inventándose los hechos.
Los hechos ocurrieron cuando la ahora detenida interpuso denuncia manifestando haber sido victima de de un Robo con Violencia por el procedimiento del tirón en una céntrica plaza de esta localidad, por parte de un individuo que de forma sorpresiva le arrebato el bolso con todos los efectos y objetos que portaba. Que al ser citada para la ampliación de su declaración, la denunciante entro en contradicciones y reconoció de forma voluntaria que no existió tal tirón y que mintió para poder cobrar el seguro del teléfono móvil que había perdido en otra localidad.
Comprobación de los hechos
El procedimiento a seguir una vez que la Policía Nacional recibe una denuncia es la comprobación de los hechos, así como la posterior investigación. En caso de ser veraz se encaminan las gestiones hacia la detención de los presuntos autores. Si los hechos denunciados son falsos se imputa, y en ocasiones se detiene, a los denunciantes, poniéndolos a disposición de la justicia. Además, hay que resaltar que estas falsas manifestaciones provocan que se inviertan recursos humanos y materiales en una falsedad, restando esa dedicación a la investigación de los ilícitos efectivamente cometidos sobre las víctimas reales.
Consecuencias penales muy importantes
En relación a esta tipología delictiva la Policía Nacional advierte que en estos casos los falsos denunciantes no valoran las consecuencias que este tipo de acción conlleva, ya que incurren en un delito contra la Administración de Justicia tipificado en el Código Penal que les puede acarrear importantes consecuencias, incluso la detención y puesta a disposición Judicial. Se informa a los ciudadanos que cuando interponen una denuncia tienen la obligación de decir la verdad (Art. 433 L.E.Cr.), y la responsabilidad penal en la que puede incurrir en caso de acusar o imputar falsamente a una persona una infracción penal o con temerario desprecio hacía la verdad (Art. 456 C.P.), simular ser responsable o víctima de una infracción penal (Art. 457 C.P.), o faltar a la verdad en su testimonio (Art. 458 C.P.).