El tiempo en: Valencia

Rota

Nueva sentencia favorable para la alcaldesa de Rota y su precedesor en el caso Edesur

El auto judicial confirma la resolución y ratifica la exculpación de Eva Corrales y de Lorenzo Sánchez en el cargo del delito de prevaricación

Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Cargando el reproductor....

La magistrada Mª Teresa Cuberos, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Rota acordó el pasado 11 de noviembre desestimar el recurso interpuesto por Edesur contra el auto del pasado 16 de julio en el que se acordaba sobreseer la querella por prevaricación presentada contra Eva Corrales y Lorenzo Sánchez.

Según manifiesta la juez en el auto “debo acordar y acuerdo la confirmación de la resolución impugnada en sus propios términos, desestimando el recurso de reforma interpuesto por la representación procesal de la mercantil Edesur”.

Debe recordarse que esta querella, sobreseída y ahora confirmada por la justicia, fue formulada por Edesur tras la sentencia del TSJA que anuló el estudio de detalle de la parcela UA- 11-A del PGOU de Rota, situada en la Avenida de la Libertad. Una manzana de casi 22-000 metros cuadrados que fue objeto, en su día, de un acuerdo permuta por el que finalmente fue construido el aparcamiento subterráneo de La Merced.

El auto del 16 de julio indicaba que “La conducta no es constitutiva del ilícito penal previsto en el artículo 404 del Código Penal, ya que los hechos fueron declarados ajustados a derecho por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo”. Igualmente, el auto reafirma en su razonamiento segundo que “no se dan los elementos del tipo para hallarnos ante la figura de la prevaricación administrativa”, exculpando a la actual regidora roteña y al que la precediera como alcalde de ese delito tipificado en el artículo 404 del Código Penal.

Esta confirmación de resolución se hace extensiva igualmente a José Castellanos Moreno, representante legal de Promociones Castellanos SAU; empresa que, en su momento, se vio beneficiada de una subasta que, a la postre, permitió la construcción en ese lugar de una promoción de varios bloques de viviendas. Un proceso de enajenación que ahora ha vuelto a ser ratificado por la justicia.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN