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Viernes 22/11/2024
 
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Sevilla

Un tiro en el pie

La “ley Montoro” se vuelve contra el PP al dejar a Zoido con sólo cinco ediles con dedicación exclusiva al Ayuntamiento

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  • Montoro y Zoido -

Juan Ignacio Zoido se estrenó el pasado viernes en el primer Pleno municipal de la “era Espadas” como en un viaje a tiempos pretéritos: portavoz del primer partido de la oposición, lo cual no dejó de resultar extraño tras verlo ejercer durante cuatro años como el alcalde con la mayoría más absoluta de la historia (20 concejales).

Zoido, que progresivamente va digiriendo el resultado electoral que le privó de revalidar la Alcaldía pese a haber logrado la (insuficiente) victoria en las urnas el pasado 24 de mayo, se mantuvo en un tono institucional al anunciar que no estrenaría el mandato votando en contra de la primera decisión del nuevo gobierno local, por lo que su grupo se abstendría, pero ello no fue óbice para que hiciera constar en acta el descontento del PP por el hecho de que sólo cinco de sus doce ediles vayan a tener dedicación exclusiva al poder contar con un sueldo del Ayuntamiento y reclamó los medios necesarios para ejercer la oposición en función de su representatividad y con un criterio de proporcionalidad.

La queja de Zoido ha estado motivada por la aprobación de la estructura de la nueva corporación municipal, en la que los veintidós concejales con dedicación exclusiva al Ayuntamiento, y por tanto con un salario público, se han repartido de la siguiente forma: los once ediles del PSOE, en cuanto partido en el gobierno; dos ediles por cada grupo minoritario de la oposición (Ciudadanos, Participa e Izquierda Unida), y los cinco restantes, por el PP, con lo que el grupo mayoritario en el Pleno, el de los populares, se encuentra con que siete de sus ediles han de “buscarse la vida” fuera del Consistorio y no podrán dedicarse al 100% a fiscalizar la labor del gobierno de Espadas.

Ley del PP
Aunque a Zoido no le sirve de consuelo, el resto de grupos políticos municipales mostraron su disgusto con la situación creada, que atribuyeron única y exclusivamente a los efectos de la denominada “ley Montoro” (por su promotor, el ministro de Hacienda y diputado por Sevilla, Cristóbal Montoro), técnicamente la ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

Aprobada en un momento político en que la gaviota del PP revoloteaba por encima de la mayoría de las instituciones del país y antes de que la progresiva desafección ciudadana le haya hecho perder 2,5 millones de votos en los últimos comicios, esta norma se ha acabado revelando como un tiro en el pie de los propios populares, que jamás pensaron que tendrían que aplicársela a ellos mismos. Si el PP se hubiera mantenido en el gobierno de Sevilla y de otro gran número de municipios, la ley apenas habría tenido efecto sobre sus grupos municipales y sí en los de la oposición, pero allí donde ha perdido el gobierno la norma ha tenido un efecto boomerang, de cuya magnitud empiezan a percatarse ahora.
Esta ley, tal como se reconoce en su préambulo, es consecuencia de otra anterior, la de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que ‘obliga’ a mejorar el control económico-financiero de la Administración Local y a racionalizar su funcionamiento. Dicho de otro modo, se trata de trasladar los recortes económicos a los ayuntamientos con la aprobación de numerosas modificaciones a la ley de

Bases de Régimen Local, entre las que destacan cuatro:

Sobre el régimen retributivo de los miembros de las corporaciones locales y del personal al servicio de las entidades locales (nuevo artículo 75 bis):

1) Se fijan límites en función de la población. En el caso de Sevilla (más de 500.000 habitantes) es el sueldo de secretario de Estado.

2) Limitación en el número de los cargos públicos de las Entidades Locales con dedicación exclusiva (nuevo artículo 75 ter): En el caso de Sevilla (municipio con población comprendida entre 500.001 y 700.000 habitantes) no podrá exceder de 22, a pesar de que la corporación hispalense tiene 31 capitulares, con lo que de entrada ya se obliga a dejar sin retribución municipal a nueve.

3) Personal eventual de las Entidades Locales (nuevo artículo 104 bis): En el caso de Sevilla, podrá incluir en sus plantillas puestos de trabajo de personal eventual por un número que no podrá exceder al 0,7% del número total de puestos de trabajo de la plantilla.

4) Coste efectivo de los Servicios (se añade un nuevo artículo, el 116 ter): El nombramiento de los coordinadores generales y de los directores generales, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia, deberá efectuarse entre funcionarios de carrera…. de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el grupo A1.

Criterio “de mínimos”
Estos son, en esencia, los cuatro artículos que han condicionado la estructura del nuevo gobierno de Espadas y de la nueva corporación en cuanto a concejales liberados, en cumplimiento de una ley aprobada en las Cortes por la mayoría absoluta del PP, como el resto de grupos se encargó de recordarle a Zoido. Hasta el portavoz de IU, Daniel González Rojas, se pronunció a favor de que todos los concejales, sean de la formación que sean, tengan dedicación exclusiva al Ayuntamiento y no ocurra como en los tiempos de Franco, “donde sólo los señoritos -dijo- podían dedicarse a la política”.

El criterio de Espadas ha sido el de que, al margen del partido en el gobierno (PSOE), donde todos los ediles tienen dedicación exclusiva justamente por sus responsabilidades en la gestión de la ciudad, cada grupo político tenga una estructura mínima e igual por ejercer su labor fiscalizadora, número cifrado en dos personas (portavoz más un edil de apoyo), con lo cual el tercer edil de Ciudadanos y de Participa Sevilla ha tenido que buscarse acomodo en la Diputación. Este reparto “de mínimos” deja inevitablemente también a siete de los doce concejales del PP “fuera” del Ayuntamiento.

Proporcionalidad
Para el PP, el criterio que se debería haber seguido era el de la “proporcionalidad”, ya que su grupo tiene seis veces más ediles que IU y cuatro veces más que Participa y Ciudadanos. Estableciendo una proporción entre el número de votos, de concejales y de ediles con dedicación exclusiva, si a los 77.971 votos cosechados en conjunto por Ciudadanos, Participa e IU le han correspondido seis capitulares liberados en el Ayuntamiento, al PP deberían haberle correspondido ocho en vez de cinco, pero para no superar los límites legales ello habría obligado a dejar un solo concejal con dedicación exclusiva en los otros tres grupos: el portavoz.

La propuesta de Participa Sevilla de que todos los ediles cobren sólo tres veces el salario mínimo interprofesional con el fin de obtener un ahorro con el cual retribuir a los 31 concejales tampoco se atiene a la ley, que especifica claramente que el número de ediles a sueldo exclusivo del Ayuntamiento en el caso de Sevilla “no podrá exceder de veintidós”, por lo que daría igual lo que cobraran. El objetivo del legislador está claro: forzar un ahorro del gasto público  al obligar a un tercio en números redondos de la corporación a no cobrar de las arcas municipales.

Por más vueltas que se le ha dado a la cuestión y pese al reconocimiento de Espadas del perjuicio sufrido por el grupo mayoritario del Ayuntamiento, la ley Montoro ha acabado volviéndose contra Zoido: con cinco ediles a tiempo completo deberá esforzarse en controlar un gobierno de once, a razón de dos delegaciones por edil. Nunca le fue al PP más duro remar en los bancos de la oposición. 

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