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Miércoles 27/11/2024
 
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Huelva

Sancionan a un agente por acudir ebrio a un club de alterne

El Tribunal Supremo ha sancionado a un sargento de la Guardia Civil como autor de tres faltas graves después de que acudiera, tras el término de su servicio

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  • El Tribunal Supremo -

El Tribunal Supremo ha sancionado a un sargento de la Guardia Civil como autor de tres faltas graves después de que acudiera, tras el término de su servicio, a un club de alterne de Ayamonte (Huelva) en coche oficial y en estado de embriaguez.

Concretamente, se le considera responsable de faltas consistentes en "la grave desconsideración con los superiores en el ejercicio de sus funciones"; "usar para fines propios medios de carácter oficial con grave perjuicio para la Administración" y "la embriaguez fuera de servicio cuando afecte a la imagen de la Guardia Civil".

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el Supremo desestima el recurso presentado por el agente contra la sentencia del 3 de febrero de 2016 , dictada por el Tribunal Militar Central en el recurso contencioso-disciplinario militar ordinario que desestimó la pretensión anulatoria de las resoluciones del General Jefe de la Zona de la Guardia Civil de Andalucía que lo sancionaban.

Concretamente, le imponía pérdida de quince día de haberes con suspensión de funciones; pérdida de cinco días de haberes con suspensión de funciones, respectivamente por cada una de las tres faltas anteriormente reseñadas.

Se considera probado que el sargento, con destino en la compañía de la Policía Judicial de Moguer (Huelva), el día 1 de diciembre de 2011, sobre las 23:45 horas, tras finalizar su servicio, se desplazó sin autorización para ello a Ayamonte en el vehículo oficial que tenía asignado hasta una sala de fiestas con la intención de entrar en ella, identificándose al personal de la entrada de dicho establecimiento como Guardia Civil, enseñando la placa.

Tras requerirle el pago de la entrada, el sargento empezó a discutir con los porteros del local, por lo que el encargado del mismo procedió a llamar a un Guardia Civil, de quien era colaborador, comunicándole lo que estaba ocurriendo en la puerta del establecimiento.

Al poco tiempo se persona en el lugar una patrulla de la Guardia Civil de la Compañía de Ayamonte, acompañados del jefe de la misma, acercándose al sargento y requiriéndole que se identificara y se bajara del vehículo oficial, algo a lo que en principio éste se negó y posteriormente cumplió haciendo comentarios despectivos hacia el Capitán, tales como que "tiene línea directa con el puticlub" o "que va de gañote".

Al bajar del vehículo observaron, -tanto el oficial como los miembros de la patrulla- que el sargento se encontraba bajo los efectos de haber ingerido alcohol; pues no se mantenía erguido y balbuceaba, por lo que fue trasladado al acuartelamiento de Ayamonte; con objeto de aclarar lo sucedido y se dio parte de ello por alteración del orden público.

En su recurso alegó vulneración del derecho a la presunción de inocencia, indefensión y falta de proporcionalidad de la sanción, entre otras cuestiones, motivos que desestima el Supremo.

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