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Sábado 23/11/2024
 

Málaga

Plantean endurecer penas por maltrato animal tras el caso de Málaga

El juez, el fiscal y la acusación particular tras la sentencia condenatoria de Parque Animal

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  • Protesta durante el juicio -
  • El juez, el fiscal y la acusación particular tras la sentencia condenatoria de Parque Animal

La causa judicial de la protectora animal de Torremolinos (Málaga), cuya presidenta ha sido condenada a tres años y nueve meses de prisión por delito continuado de maltrato a animal doméstico y otro de falsedad documental, ha hecho que juez, fiscal y acusación particular planteen endurecer penas en casos así.

En la sentencia del Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga sobre esta causa el magistrado juez Miguel Ángel Gómez comparte la alegación del ministerio público de que "sería deseable" tramitar un proyecto de ley para modificar el artículo 337 del Código Penal e "incorporar un subtipo agravado del delito de maltrato animal".

Precisa que se debía incluir "una elevación de la pena en uno o dos grados cuando los hechos revistieren extrema gravedad o tuvieren lugar en centros o establecimientos dedicados a la protección y defensa de los animales".

Añade que ello "permitiría dar una respuesta punitiva más proporcionada a casos similares al ahora enjuiciado respecto de los que la pena máxima permitida de conformidad con el actual artículo 337.3 tiene un límite de dieciocho meses de prisión".

El magistrado se expresa así tras aludir a "la loable evolución legislativa producida en las dos últimas décadas para garantizar la protección de los animales".

Por su parte, el abogado experto en Derecho Animal José Luis Mota, que representa a una de las acusaciones particulares de este caso ejercida por exsocios de la protectora, ha asegurado hoy a Efe que esta resolución "marca un punto de inflexión en relación a la concienciación ante este tipo de delitos".

Considera que, aunque se ha producido "una evolución positiva sobre la reprochabilidad social a este tipo conductas, no se ha plasmado suficientemente en el Código Penal" y que este caso "igual hace que los poderes públicos tomen conciencia" sobre el maltrato animal.

El letrado ha precisado que la repercusión de los casos de violencia de género "es relativamente nueva, de hace quince años" y ha comentado que el camino recorrido de conciencia social sobre la violencia de género "es el mismo" que quiere ante el maltrato animal.

Mota ha explicado que un subtipo agravado del delito de maltrato animal significaría que si se eleva la pena máxima un grado pasaría de año y medio de cárcel a dos años y tres meses.

Respecto a la sentencia de la protectora Parque Animal, de Torremolinos, ha destacado que es de las primeras que condenan por delito continuado y está bastante satisfecho con el resultado de la resolución al fijarse en el fallo la pena máxima por maltrato.

Aunque no se puede cuantificar, la sentencia señala que el sacrificio indiscriminado de animales en Parque Animal ha sido masivo y el fiscal durante el juicio aseguró que pudieron ser casi 2.200 animales, en su mayoría gatos y perros.

Ha quedado probado que desde el 2008, y al menos hasta el 2010, los acusados sacrificaron animales domésticos sin ningún control, y se recoge que la responsable "impartía instrucciones y ejecutaba materialmente los hechos, con la colaboración imprescindible" de un trabajador también condenado.

Los acusados ejecutaban sacrificios de animales sanos y de distintas razas "sin control alguno veterinario, sabedores del sufrimiento que infligían".

Se considera probado que la responsable inyectaba al animal, sin previa sedación y por vía intramuscular, los productos eutanásicos.

La acusada "suministraba menor dosis del medicamento de la que está indicada para producir una muerte indolora", lo que, unido al "empleo de una vía inadecuada que producía una absorción por el organismo más lenta del eutanásico", causaba al animal, generalmente, "una muerte lenta y con dolorosa y prolongada agonía".

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