El tiempo en: Valencia
Sábado 30/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Condenan a una médica por hacerse pasar por dentista sin serlo

A pagar una multa de seis euros diarios durante doce meses --que suman un total de 2.160 euros-- por un delito de intrusismo

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai

El Juzgado de lo Penal número seis de Sevilla ha condenado a una médica especialista en Reumatología a pagar una multa de seis euros diarios durante doce meses --que suman un total de 2.160 euros-- por un delito de intrusismo, que considera probado que cometió por ejercer como dentista al no tener la titulación necesaria para ello, ya que su especialidad no era la de Estomatología.

Así lo ha dado a conocer este viernes en un comunicado el Colegio de Dentistas de Sevilla, que denunció tales hechos, y que en este proceso ha actuado como acusación particular como corporación de derecho público a través de su Asesoría Jurídica.

La sentencia, fechada el pasado 21 de septiembre y consultada por Europa Press, condena también al marido de la acusada, dentista y propietario de la clínica dental, como cooperador necesario al delito de intrusismo profesional, por permitir que su mujer hiciera tratamientos de Ortodoncia, cuando su especialidad médica era la Reumatología.

Según la sentencia, contra la que se puede interponer un recurso de apelación, queda probado que la condenada, además de labores administrativas en la consulta, realizó otras propias de la profesión de dentista con varios pacientes.

Considera la sentencia que el intrusismo es "un delito pluriofensivo que lesiona al perjudicado, a la corporación profesional afectada, el Colegio de Dentistas de Sevilla, y a la sociedad en su interés público de que sean las personas idóneas las que ejerzan profesiones para las que el Estado reglamenta el acceso a la actividad".

Asimismo, reconoce que, para el desempeño de la Odontología, que tiene una regulación propia, como establece la sentencia del TS 1612/02 de 1 de abril, se requiere título de odontólogo o estomatólogo, STS 1215/99 de 29 de septiembre, y, como establece esta última sentencia, no se trata de proteger a un grupo de profesionales, sino el interés público en que ciertas actividades profesionales sólo sean realizadas por quienes tengan la titulación y capacitación técnica después de realizar estudios y pruebas controladas por el Estado.

REACCIÓN DEL COLEGIO DE DENTISTAS

El Colegio de Dentistas de Sevilla ha valorado la condena, al entender que "supone un paso más para alcanzar una asistencia sanitaria odontológica adecuada y de calidad, luchando de forma eficiente contra el intrusismo de aquellos que ejercen la Odontología sin tener la formación, las competencias y las capacidades legales necesarias".

No obstante, desde la organización colegial "se exige el endurecimiento de las penas puestas por este tipo de delitos, ya que por el momento no es suficiente para reducir el elevado número de infracciones que se producen en el ámbito de la Odontología".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN