El tiempo en: Valencia
Miércoles 20/11/2024
 

San Fernando

Lo mismo hay que indemnizar a los presuntos autores del desfalco

La instrucción por el desfalco de la Caja del Ayuntamiento de San Fernando cumple nueve años sin fecha para el juicio. Y los delitos prescriben.

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • 4 de abril de 2009, 72 horas después- -

Los delitos prescriben, como prescriben las penas tras sentencias firmes, que no es ni por asomo, el caso. Y el desfalco en la Caja Municipal de San Fernando ha cumplido ya nueve años sin que se vislumbre el final de la Instrucción que se debate ahora en un tira y afloja entre la Fiscalía y la jueza que instruye el caso.

Esto es, que nueve años después ya han podido prescribir algunos de los delitos con penas menores al tiempo transcurrido o aquellos que afloren en el juicio tras las declaraciones de las partes. ¿Cuáles? Se sabrán una vez que se determinen. Y eso va todavía para más largo. Y por lógica, los que menos prisa tienen porque se celebre el juicio y se conozcan las penas impuestas son precisamente los que puedan ser condenados. Aunque incluso así ya se habrían salvado y estén esperando cuando podrían estar descanando del sofoco.

Por lo pronto y a la espera de demostrar qué delitos se han cometido por parte de cada uno de los actores, ya pueden acogerse a la atenuante muy cualificada por haber transcurrido cinco años desde aquel 1 de abril de 2009 cuando se conoció la denuncia de un alcance por 480.000 euros, aunque dos horas más tarde de conocerse la detención de los cajeros ya este periódico avanzaba que el desfalco era de más de siete millones de euros.

Pero la Justicia es lenta para que no haya equivocaciones. O sea, lenta pero segura. Otra cosa es que sea desesperante por las muchas circunstancias –no siempre circunstanciales- que se han dado en la instrucción. Cambio de titulares en el Juzgado de Instrucción, cambio de fiscales… y de seguir así puede que se produzca hasta una jubilación que otra, amén de los traslados o ascensos de los titulares actuales que pondrían en caso en manos diferentes. Y nuevo parón.

¿Qué es lo que está ocurriendo ahora mismo en la instrucción de la causa? La nueva jueza consideró que la única forma de acelerar el procedimiento era abrir una pieza separada para la presunta trama marroquí ante la práctica imposibilidad de concretar la participación de la familia norteafricana. Sus miembros están en Marruecos y la propia Policía Nacional manifestaba que las autoridades alauitas estaban poniendo poco de su parte para su identificación y extradición. Eso posibilitaría que se juzgara a los ex cajeros y a otros investigados en la causa, entre ellos la esposa de Clemente Ruiz y su suegra y dejar para más adelante la trama marroquí.

El fiscal se ha opuesto y recurrido esa pieza separada y se está a la espera de la contestación de la Audiencia Provincia de Cádiz. Y si le da la razón al fiscal hay que esperar a que se localice a la familia marroquí y sea extraditada a España. Eso puede durar años. Y a saber los delitos de los que se les acusa finalmente y si han entrado en las prescripciones que contempla el Código Penal.

La Fiscalía, además, se ha mostrado en contra de la imputación de los cargos directos, interventor y tesorera, al considerar que  sus responsabilidades se dirimieron el Tribunal de Cuentas. Y todo ello a pesar de que sin la presunta negligencia de estos cargos no se hubiera podido llevar a cabo un robo continuado.

El ex cajero, Clemente Ruiz, ya pasó unos meses en prisión y eso también hay que descontarlo ante una eventual condena y ahora sigue esperando la celebración de un juicio cuya instrucción está siendo considerada como “sonrojante” por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Mientras tanto, esto es lo que dice el Código Penal sobre la prescripción de un delito –no condena en firme- en función de las penas imponibles. O sea, cuándo el juez puede dejar de instruir una causa porque el delito ha prescrito sin que ni siquiera se llegue a juzgar.

Prescriben a los veinte años cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años.

A los quince, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de quince años.

A los diez, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.

A los cinco, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año.

El tiempo sigue corriendo y hay quien piensa que al final hasta habrá que indemnizar a alguien. Porque lo que es moverse, no se mueve nada sigificativo como para parar la prescripción. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN