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Miércoles 27/11/2024
 
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España

El Gobierno aprueba el subsidio para parados mayores de 52 años

El decreto también recoge bonificaciones a la contratación a parados de larga duración

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  • Desempleo. -

El Consejo de Ministros aprobará este viernes un decreto ley que recoge la recuperación del subsidio para mayores de 52 años, frente a los 55 actuales, y el registro de la jornada laboral, bonificaciones a la contratación de parados de larga duración o la recuperación de la cotización de cuidadores no profesionales, entre otras medidas sociales, según han confirmado a Europa Press fuentes del diálogo social.

El Ejecutivo ha trasladado a patronal y sindicatos que el Consejo de Ministros de este viernes dará 'luz verde' a este decreto en una reunión celebrada este jueves por la tarde con el Ministerio de Trabajo, según han especificado las mismas fuentes y ha adelantado 'El País'.

Este decreto contendrá la rebaja de 55 a 52 años del subsidio para mayores desempleados, el control de la jornada horaria y algunos aspectos referidos a la Garantía Juvenil.

La recuperación del subsidio para mayores de 52 años era una de las cuestiones que habían quedado en el aire tras la no aprobación de los Presupuestos de 2019 y la convocatoria de elecciones generales. Hasta el año 2012, la edad para pedir este subsidio era de 52 años. Con la reforma laboral del Gobierno del PP, la edad de acceso se subió a los 55 años.

El subsidio para mayores de 55 años es una ayuda mensual de 430 euros que el trabajador en paro cobra hasta que alcanza la edad de jubilación que le permite acceder a una pensión contributiva, con independencia de su modalidad, lo que en la práctica se traduce en jubilaciones anticipadas forzosas y, por tanto, en pensiones de menor cuantía. Esta medida entrará en vigor al día siguiente de la publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

CONTROL DE JORNADA

El real decreto modificará el Estatuto de los Trabajadores en lo que respecta al registro de jornada para que empresas hagan un registro diario del horario de sus trabajadores, que deberá incluir el inicio y finalización de la jornada, "sin perjuicio de la flexibilidad horaria".

El borrador establece que las compañías deberán conservar los registros durante cuatro años y que permanecerán a disposición de los trabajadores, sindicatos y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Las empresas dispondrán de dos meses desde la publicación del real decreto en el BOE para poner en marcha esta medida.

Además de estas dos medidas, el real decreto que se aprobará hoy y que ha anunciado este jueves el propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en un acto celebrado en Ciudad Real, recogerá medidas que fueron rechazadas en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2019 y otras derivadas de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

MEDIDAS SOCIALES

En concreto, también se recuperará la cotización a la Seguridad Social de los cuidadores familiares de personas dependientes, se duplicarán las cuantías no contributivas de las prestaciones familiares por hijo para luchar contra la pobreza infantil y se recogerá una mejora de las cuantías mínimas de las pensiones por incapacidad permanente total.

Por otro lado, se reducirá la cotización de los trabajadores agrarios por cuenta ajena con el objetivo de minimizar el impacto de la subida del salario mínimo a 900 euros. El texto también recogerá que los artistas de espectáculos públicos puedan continuar incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social durante sus periodos de inactividad.

En materia de autónomos, el texto apunta que se pagarán las cuotas por todas las contingencias a los trabajadores por cuenta propia que se encontrasen en situación de incapacidad temporal antes de la entrada en vigor del Real Decreto de revalorización de pensiones y otras medidas urgentes en materia social, que se aprobó el pasado mes de diciembre, una vez transcurridos 60 días de incapacidad temporal.

Además, se recogen medidas relativas al Plan de Garantía Juvenil, destinado a mayores de 16 años y menores de 30 años. Así, entre otros, se establece que los servicios públicos de empleo podrán solicitar la inscripción en el sistema de personas inscritas como demandantes de empleo, siempre que cumplan con los requisitos y que informarán de esta circunstancia a la persona interesada a efectos de que la misma pueda ejercer sus derechos.

BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN

También se establecerán bonificaciones a la contratación de parados de larga duración. Así, los empresarios que contraten indefinidamente a personas desempleadas inscritas en el SEPE, al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación, tendrán derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social por trabajador de 1.300 euros al año durante 3 años, cifra que ascenderá a 1.500 euros anuales si la contratada es una mujer.

En el ámbito agrario se darán bonificaciones a la conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos indefinidos o contratos fijos discontinuos. Asimismo, habrá una reducción a la mitad de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores fijos discontinuos de las empresas de sectores de turismo, hostelería y comercio durante los meses de febrero, marzo y noviembre.

Según el texto, el Gobierno prevé constituir un grupo de expertos antes del 30 de junio de 2019 para llevar a cabo los estudios y trabajos necesarios para la elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores.

Finalmente, el borrador del real decreto ley no hace mención de otras de las peticiones reiteradas en los últimos meses por los sindicatos como son la recuperación de la ultraactividad, modificación del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores o la prevalencia del convenio sectorial frente al de empresa. Tampoco recoge ninguna de las medidas correspondientes a la derogación de la reforma de pensiones de 2013.

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