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Mantienen la acusación contra el cocinero del bar Grimaldi de Cádiz

El Juzgado de Instrucción número 2 de Cádiz ha dictado, en un auto, el sobreseimiento provisional contra el dueño del Bar Grimaldi

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  • Bar Grimaldi -

El Juzgado de Instrucción número 2 de Cádiz ha dictado, en un auto, el sobreseimiento provisional contra el dueño del Bar Grimaldi, investigado por la intoxicación de más de 100 personas en los carnavales de 2016 tras ingerir bocadillos de tortillas. Igualmente, ha dictado el sobreseimiento sobre el vendedor de los huevos con los que se elaboraron las tortillas y ha acordado seguir las actuaciones contra el cocinero del bar por su presunta participación en un delito contra la salud publica, en concurso con un delito de homicidio impudente.

No obstante, en el auto, recogido por Europa Press, el Juzgado de Instrucción número dos de Cádiz ha acordado que el dueño del bar asume la posición de responsable civil directo.

En los fundamentos de derecho, tal y como adelanta la prensa local, el juez señala que los hechos analizados permiten sostener, de manera
provisional, que se han fabricado comestibles, en este caso tortillas, destinados al consumo con incumplimiento de normas sobre elaboración y conservación, que han determinado que fuesen nocivos para la salud por contaminación, y cuya venta ha causado un peligro para la salud de las personas consumidores.

En este sentido, apunta como responsable al cocinero, señalando que "valorados todos los datos obrantes en la causa, y de manera provisional, los hechos le son atribuibles penalmente al cocinero, que es la persona responsable del proceso de elaboración de las tortillas, sin que, por el contrario, hayan aflorados indicios suficientes para continuar el proceso contra el propietario del Bar, ni el dueño de la explotación de gallinas".

En este sentido, señala que, según las pruebas testificales, "las condiciones de la granja eran buenas" y admite que "es posible que se venda un huevo contaminado, pero si se somete a temperatura y tiempo adecuado puede matarse la salmonela". En consecuencia, no se consideró como la causa determinante del brote el contagio del huevo, recordando además que "todos los responsables de establecimientos en los que se vendieron huevos procedentes de la granja no sufrieron consecuencias por el brote".

Igualmente, el auto apunta, de una de las testificales, que "teniendo en cuenta que la causa de la intoxicación masiva no fue el hecho de que hubiera huevos que salieran de la granja con salmonela", fue "la manipulación incorrecta los huevos por parte del cocinero, con incumplimientos de las medidas higiénicas, la no adecuada conservación de las tortillas una vez elaboradas, que originaron la puesta en el mercado de un producto perjudicial y nocivo para la salud".

Por ello, tras fundamentar que "el hecho determinante del contagio no fue que los huevos tuvieran salmonela sino que no se observaron las normas de manipulación de los mismo que hubieran hecho que la
salmonela fuera eliminada", el juzgado ha dictado seguir con el procedimiento sobre el cocinero

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