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Condenado Julián Muñoz por adjudicación irregular de obras y servicios

al exalcalde de Marbella (Málaga) se le impone un año de prisión y penas de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación administrativa

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  • Julián Muñoz, exalcalde de Marbella. -

La Audiencia de Málaga ha condenado al exalcalde de la localidad malagueña de Marbella Julián Muñoz, a siete exediles y a tres exresponsables de sociedades municipales por adjudicación irregular de obras y servicios en el municipio. Así, al exregidor se le impone un año de prisión y penas de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación administrativa en concurso con otro de fraude a la administración.

Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, Muñoz, como alcalde accidental y concejal de obras llegó a un acuerdo con el empresario acusado para la adjudicación directa y ejecución de obras y servicios municipales a dos mercantiles de su propiedad "en claro perjuicio para los intereses patrimoniales del municipio de Marbella".

Al respecto, el Tribunal considera que "los miembros de la corporación crearon deliberadamente situación jurídica-fáctica adecuada y eficaz para lograr un apoderamiento de capitales municipales", señalando que el acuerdo con la empresa "solo fue posible con la connivencia y aceptación" de varios representantes de sociedades municipales.

Estos "autorizaron la contratación de las obras y servicios municipales con pleno conocimiento de que se trataba de contrataciones directas, sin control ni intervención previa de los técnicos municipales, con opacidad y graves deficiencias en la ejecución y facturación de los servicios contratados", señala la sentencia.

Al respecto, la Sala considera que estos acusados "se limitaron a cumplir las instrucciones que al efecto les dio Julián Muñoz desde el Ayuntamiento de conformidad con lo acordado con el empresario", añadiendo que esa contratación de servicios "solo fue posible con el conocimiento, la aquiescencia y autorización" de los siete ediles acusados.

Estos, que han expresado su conformidad con la acusación del fiscal, como integrantes de las comisiones de gobierno del Ayuntamiento "conocían y ampararon todas las irregularidades habidas en la contratación", aunque no se ha acreditado que sin embargo que, "al votar a favor de tales resoluciones, conocieran y aceptaran el perjuicio para el patrimonio municipal que posiblemente se derivaría de tales decisiones".

En esta causa se ha enjuiciado la adjudicación en el año 2000 de la obra del Centro Cívico Divina Pastora de Marbella a una mercantil y el acuerdo fraudulento realizado a tal fin por parte de algunos acusados, así como la adjudicación de los servicios de tasación para la realización del inventario general de bienes municipales de Marbella a otra empresa vinculada a la anterior.

En este caso de las obras, la aprobación "se produjo sin que los técnicos municipales emitieran informe sobre el objeto y precio", dice la sentencia, apuntando que para la contratación "no se realizó la licitación pública preceptiva y se adjudicó directamente a la mercantil sin que los técnicos municipales hubiesen realizado presupuesto o proyecto alguno.

En el caso de la gestión, adjudicación y contratación de los servicios de tasación de bienes de titularidad municipal, la adjudicación, según considera el Tribunal, "se realizó directamente por orden de Julián Muñoz sin concurrencia, sin publicidad y sin que por el órgano municipal competente hubiese fijado el objeto del contrato ni su precio".

Además, uno de los convenios "fue una mera apariencia para justificar la transferencia de fondos públicos y ni siquiera el objeto del mismo se correspondía con lo autorizado por la comisión de gobierno". Para la elaboración del inventario municipal de bienes, se hizo una adjudicación "directamente por orden" de Muñoz "sin que por el órgano municipal competente hubiese fijado el objeto del contrato ni su precio".

La Sala absuelve a seis procesados, entre ellos el interventor municipal José Antonio Castro --representado por el letrado José Manuel Vázquez--, tras retirar el fiscal la acusación; al tiempo que no estima acreditado que determinados trabajos y valoraciones carecieran de la mínima calidad necesaria para justificar el pago de las facturas ni que el presupuesto de obras excediera notablemente de los precios de mercado.

Por esta causa sí se condena a Muñoz por delito continuado de prevaricación administrativa en concurso medial con un delito de fraude a la Administración, con la circunstancia que atenúa la pena de dilaciones indebidas, imponiendo ocho años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público y un año de prisión y otros seis años de inhabilitación especial.

Asimismo, se condena a siete exconcejales --que expresaron su conformidad con la acusación-- por un delito continuado de prevaricación administrativa, a las penas de ocho años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

A uno de los exreponsables de sociedades municipales se le condena por un delito de prevaricación simple en concurso con otro de fraude a siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y un año de prisión y seis de inhabilitación especial. A otros dos exrepresentantes de dichas mercantiles se les impone siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación simple.

En cuanto a la responsabilidad civil, Julián Muñoz deberá indemnizar, conjuntamente con otro acusado, al Ayuntamiento en una cantidad equivalente al perjuicio causado que se fijará en ejecución de sentencia con una nueva pericial que determine cuál era al tiempo de los hechos el precio de mercado del servicio de valoración de 717 inmuebles, un importe que sería "la diferencia entre el valor que se atribuya a tales servicios y la suma de 1,6 millones de euros que se pagó.

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