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Lunes 01/07/2024
 

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La Junta presenta ayudas para empresas viables con dificultades

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  • Hoy entra en vigor el programa de incentivos a empresas con dificultades
  • A través de la web de la Cámara podrán conocerse los requisitos y solicitar las ayudas
La Cámara informa que la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, conforme a la Orden de 5 de noviembre de 2008, publicó con fecha 27 de noviembre y entrada en vigor hoy día 28 (BOJA 236) las bases reguladoras del Programa de Ayudas a Empresas viables con dificultades coyunturales para los años 2008 y 2009. 

Desde el 28 de noviembre hasta el 30 de diciembre, las empresas podrán acogerse a este programa de incentivos que tiene como objetivo favorecer la vuelta a la viabilidad técnica y económica de empresas andaluzas que se encuentren en una situación de crisis coyuntural de la que, por sí solas, no tendrían capacidad para salir, mediante la concesión de ayudas en conformidad con las Directrices Comunitarias de Ayudas de Salvamento y Reestructuración de Empresas en Crisis (2004/C 244/ 02).

En este sentido, los usuarios que quieran más información podrán obtenerla en la Agencia Idea, entidad delegada para la tramitación de dichas ayudas. No obstante la Cámara, al objeto de ayudar a las empresas a resolver cualquier duda sobre la aplicación de la citada Orden, pone en marcha un servicio de información de tramitación de las solicitudes.

La Orden recoge dos tipos de ayudas: ayudas de salvamento y ayudas de reestructuración. Las primeras estarán dirigidas a prestar a la empresa liquidez estrictamente necesaria e imprescindible para garantizar su funcionamiento mientras se analice su situación y se elabore el correspondiente plan de reestructuración previsto en el artículo 15. Las ayudas de reestructuración tienen por objeto la puesta en marcha de acciones y medidas contenidas en el plan de reestructuración aprobado por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, dirigidas a recuperar la posición de mercado de la empresa.

Serán beneficiarios de estas ayudas aquellas empresas que, siendo viables, estén constituidas como persona jurídica mercantil, tengan la sede social o establecimiento operativo principal en Andalucía y se encuentren en una situación de crisis.

Quedarían excluidas las empresas de nueva creación, especialmente si la empresa surge de la liquidación de otra empresa anterior o de la absorción de sus activos, las dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas y pesqueros, la industria del carbón y la siderurgia y las que hayan recibido ayudas de salvamento o reestructuración en los últimos diez años.

 Las solicitudes deberán cumplimentarse telemáticamente a través de la web de la Consejería de Innovación de la Junta de Andalucía. También se podrá acceder a través de la información suministrada en la página de la Cámara www.camaracampodegibraltar.com. 

Esta Orden publicada por la Junta es fruto de la política de incentivos llevada a cabo por la Administración andaluza en respuesta a la situación de crisis en la que se encuentra inmersa la economía andaluza.

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