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Miércoles 02/04/2025
 
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Almería

Absuelven a varios acusados por drogas al anularse un registro por el crimen de Los Minos

En mayo de 2019 a raíz del asesinato de un hombre por el que se condenó a penas de entre 42 y 21 años de cárcel a cuatro miembros del clan de Los Minos

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  • Guardia Civil. -

El Juzgado de lo Penal número 6 de Almería ha absuelto a varios acusados de un delito contra la salud pública por excepción de cosa juzgada y tras anularse el registro policial que se practicó en una vivienda de la calle Ossetia del Norte de Gádor (Almería) en mayo de 2019 a raíz del asesinato de un hombre por el que se condenó a penas de entre 42 y 21 años de cárcel a cuatro miembros del clan de Los Minos.

En concreto, según consta en el fallo consultado por Europa Press y contra el que cabe recurso de apelación, el juez absuelve a dos acusados de un delito contra la salud pública por la anulación de un registro y a otros dos ante el mismo delito al entender que ya se había dirigido un procedimiento anterior contra ellos.

El procedimiento seguido por delitos de drogas y una supuesta red criminal derivaba de la investigación por el asesinato que tuvo lugar en el número 5 de la calle Ossetia del Norte de Gádor, lo que motivó distintos registros tras producirse el crimen en busca de indicios relacionados con ese caso.

En este sentido, se encontraron varias plantaciones de cannabis así como otras pruebas que dieron lugar a la apertura de un nuevo proceso. No obstante, el juez invalida la entrada que se produjo en una de las viviendas puesto que no había autorización judicial para acceder a ella, por lo que concluye que la entrada de los agentes a la misma se hizo de manera ilegítima.

Se trataba, en concreto, de una vivienda que tenía la puerta abierta y a la que los investigadores accedieron "sin el consentimiento" de sus moradores y sin que quedara constatado que se estuvieran produciendo un delito fragante en dicho inmueble, más allá de que los agentes percibieran un cierto olor a marihuana o apreciaran un arma de fuego en el suelo, cuya constatación se muestra "confusa" en el atestado.

En relación a otros dos acusados, la sentencia apunta que no pueden ser juzgados en este caso puesto que ya lo fueron por los mismos hechos en un procedimiento anterior resuelto por el Juzgado de lo Penal número 5, de modo que incluso una de las acusadas resultó absuelta.

También absuelve a ocho acusados de un delito de pertenencia a grupo criminal por falta de pruebas, al no ver suficientemente acreditada una estructura con roles definidos entre los acusados, mientras que cuatro de ellos son absueltos de un delito de depósito de armas pues no ve suficientemente acreditada la relación entre las armas halladas durante la intervención policial con los acusados.

El fallo únicamente impone entre 12 y seis meses de prisión por un delito contra la salud pública con la atenuante de dilaciones indebidas y, en algunos casos, de confesión a tres de los acusados los ocho acusados que fueron a juicio en esta causa.

En su caso, el juez da por probado que en una de las viviendas de dos de los acusados se localizaron el 10 de mayo de 2019 un total de 145 maceteros con plantas de cannabis así como sistemas de riego y lámparas para sostener el cultivo, además de una bolsa con cogollos, todo ello valorado en más de 3.840 euros.

Al tercero de los condenados se le localizó el día 11 de mayo en su vivienda, sobre la que se ordenó registro, con 214 maceteros con plantas de cannabis y maquinaria asociada. La droga, sobre la que el acusado reconoció su posesión, fue valorada en unos 6.520 euros.

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