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Miércoles 27/11/2024
 

Almería

El Superior de Justicia ve conforme a derecho una licencia por la que está procesado el alcalde de Sorbas (PP)

La concesión de la citada licencia llevó a la Fiscalía Provincial a formular acusación contra el alcalde de Sorbas y diputado provincial, José Fernández (PP), para quien interesó las penas de seis meses de cárcel y siete años de inhabilitación para cargo público por delito de prevaricación

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la conformidad a derecho de la licencia municipal de obras concedida en 2006 por el Ayuntamiento de Sorbas (Almería) para la construcción de tres viviendas unifamiliares en la pedanía de 'Los Pérez' al considerar que el suelo sobre el que se levantan las edificaciones tiene la calificación de "urbano no urbanizable". 

   La concesión de la citada licencia llevó a la Fiscalía Provincial a formular acusación contra el alcalde de Sorbas y diputado provincial, José Fernández (PP), para quien interesó las penas de seis meses de cárcel y siete años de inhabilitación para cargo público por delito de prevaricación.

   El Ministerio Público estimó que el suelo era no urbanizable y que contaba con especial protección al estar incluido en el área de la Sierra Cabrera, declarada Lugar de Interés Comunitario (LIC) y que el regidor autorizó las viviendas presuntamente a "sabiendas de su injusticia".

   La sentencia del Alto Tribunal andaluz, a la que tuvo acceso Europa Press, desestima el recurso de apelación de la Junta de Andalucía contra el fallo del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Almería que determinó en abril de 2011 que "el contenido de las Normas Subsidiarias (NNSS) de ámbito provincial de Almería permiten calificar como urbano el suelo donde se ubica la construcción objeto de la licencia".

   El TSJA ahonda en este argumento en su resolución de 21 de enero y sostiene que "suelo cuestionado" es urbano en base a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley de Ordenación de Urbanismo de Andalucía (LOUA) "sobre los requisitos exigidos no cumulativos" pues, según subraya, "las únicas obras que requiere la parcela son las de enganche a suministros, lo que cumple los requisitos que exige la disposición transitoria segunda" de esta ley.

   Reprocha a la Junta andaluza que no ha facilitado a lo largo del proceso "ningún respaldo probatorio" sobre la procedencia de la revisión de oficio del acto administrativo mediante el que se concedió la licencia o sobre la nulidad del citado acto y rechaza que, tal y como aseguró, indujese a la formación "de nuevos asentamientos" en el término municipal.
PROCESO PENAL

   Según en el escrito de acusación de la Fiscalía en la causa penal turnada al Juzgado de lo Penal número 3, Fernández concedió licencia municipal de obras en julio de 2006 para edificar tres viviendas unifamiliares en la pedanía sorbeña de Los Pérez "a sabiendas de su injusticia" ya que conocía que el suelo tenía calificación de no urbanizable.

   El regidor utilizó presuntamente como respaldo --ahonda-- un informe elaborado por un técnico municipal también imputado, quien, a juicio del Ministerio Público, también era conocedor de que la parcela quedaba dentro de la zona de afección de la Sierra de Cabrera, catalogada como LIC por sus valores medioambientales.

   El escrito de acusación atribuye al primer edil la comisión de un presunto delito de prevaricación que extiende al técnico municipal y solicita para ambos una pena de multa de 14 meses a razón de 12 euros al día. En la causa también figuran como imputados el promotor de la obra, un ciudadano británico identificado como John David W.S. y la directora técnica, Paula P.U. por un presunto delito contra la ordenación del territorio.

   El alcalde se enfrenta a otro procedimiento penal que fue aplazado el pasado mes de noviembre al no haber sido notificado del señalamiento uno de los imputados. La Fiscalía le acusa de presuntos delitos contra la ordenación del territorio y prevaricación por la construcción de ocho viviendas unifamiliares presuntamente sobre suelo no urbanizable en la pedanía de La Mela.

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