La Junta reduce trámites burocráticos y establece normas comunes en los parques naturales
El Consejo aprueba el nuevo régimen general de planificación de actividades, que mantiene su prevalencia sobre los planes de ordenación urbana
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que establece el nuevo régimen general de planificación de usos y actividades en los 24 parques naturales de Andalucía. Esta norma, que también introduce medidas para reducir trámites administrativos a ciudadanos y empresas, afecta a un área de influencia socioeconómica de 3,5 millones de hectáreas (el 40% de la superfi-cie regional) integrada por 238 municipios y 2,7 millones de habitantes (el 36% de la población andaluza).
El decreto, orientado principalmente a mejorar y homogeneizar la gestión de los parques, ha sido elaborado con el respaldo mayoritario de las juntas rectoras, patronatos y consejos de participación de estos espacios protegidos. Más de un 60% de las alegaciones recibidas durante el proceso de información pública han sido incorporadas a su redacción definitiva.
La nueva regulación común salvaguardará las singularidades recogidas en los vigentes planes de ordenación de los recursos naturales y de uso y gestión de cada parque natural, que seguirán prevaleciendo sobre los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) en lo relativo a actividades en suelos no urbanizables. En este sentido, los planes de ordenación dividen el territorio de los distintos parques en tres tipos de zonas: de reserva o máxima protec-ción; de regulación especial o protección intermedia, y de regulación común para territorios habitados o con alto grado de intervención humana.
De igual modo, el decreto mantiene la obligación de autorización previa para los proyectos urbanísticos, con la excepción de pequeñas obras de instalaciones de servicio y rehabilitación o reforma que no alteren el volumen edificado ni las características externas y no requieran de proyecto técnico. En este caso bastará con la comunicación previa.
En cuanto a las medidas de simplificación administrativa, la norma aprobada hoy introduce disposiciones para reducir la carga burocrática, eliminar duplicidades, simplificar trámites, acortar los tiempos de respuesta y establecer el silencio administrativo positivo como norma general en caso de no resolver dentro de los plazos establecidos.
Entre otras novedades, se incorporan procedimientos abreviados de 15 días para las autorizaciones de seis grandes bloques de actividades que anteriormente requerían trámites de dos meses. Se trata de los eventos deportivos de pesca marítima recreativa; los tratamientos fitosanitarios aéreos en terrenos forestales; las actividades de ocio y deporte de naturaleza en caminos, pistas forestales y espacios con limitación de acceso (cicloturismo y senderismo entre ellas); las acampadas nocturnas y vivaqueos vinculados a travesía de montaña; la filmación, fotografía y grabación con uso de equipos auxiliares, y las actividades de ocio y deporte fuera de los lugares designados previamente para ellas en cada parque natural.
Tramitación telemática
Junto con estos procedimientos abreviados, el decreto fija también otro conjunto de actividades para las que no se exigen autorizaciones sino únicamente comunicaciones previas. En todos los casos, la Consejería de Medio Ambiente pondrá a disposición de los ciudadanos una herramienta informática específica de tramitación electrónica, cuya creación también se recoge en la norma.
Las disposiciones de reducción de la carga burocrática en los parques naturales se enmarcan en el proceso de adecuación de la legislación autonó-mica a la Directiva europea de servicios en el mercado interior. Esta norma comunitaria, orientada a eliminar barreras administrativas para la actividad económica, conlleva la adecuación de 17 leyes de la comunidad autónoma, así como de 92 decretos y 27 órdenes.
El decreto aprobado hoy entrará en vigor en el plazo de un mes, periodo durante el que se informará a los habitantes de los parques naturales andalu-ces acerca de su contenido y de las novedades que conlleva.
El decreto, orientado principalmente a mejorar y homogeneizar la gestión de los parques, ha sido elaborado con el respaldo mayoritario de las juntas rectoras, patronatos y consejos de participación de estos espacios protegidos. Más de un 60% de las alegaciones recibidas durante el proceso de información pública han sido incorporadas a su redacción definitiva.
La nueva regulación común salvaguardará las singularidades recogidas en los vigentes planes de ordenación de los recursos naturales y de uso y gestión de cada parque natural, que seguirán prevaleciendo sobre los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) en lo relativo a actividades en suelos no urbanizables. En este sentido, los planes de ordenación dividen el territorio de los distintos parques en tres tipos de zonas: de reserva o máxima protec-ción; de regulación especial o protección intermedia, y de regulación común para territorios habitados o con alto grado de intervención humana.
De igual modo, el decreto mantiene la obligación de autorización previa para los proyectos urbanísticos, con la excepción de pequeñas obras de instalaciones de servicio y rehabilitación o reforma que no alteren el volumen edificado ni las características externas y no requieran de proyecto técnico. En este caso bastará con la comunicación previa.
En cuanto a las medidas de simplificación administrativa, la norma aprobada hoy introduce disposiciones para reducir la carga burocrática, eliminar duplicidades, simplificar trámites, acortar los tiempos de respuesta y establecer el silencio administrativo positivo como norma general en caso de no resolver dentro de los plazos establecidos.
Entre otras novedades, se incorporan procedimientos abreviados de 15 días para las autorizaciones de seis grandes bloques de actividades que anteriormente requerían trámites de dos meses. Se trata de los eventos deportivos de pesca marítima recreativa; los tratamientos fitosanitarios aéreos en terrenos forestales; las actividades de ocio y deporte de naturaleza en caminos, pistas forestales y espacios con limitación de acceso (cicloturismo y senderismo entre ellas); las acampadas nocturnas y vivaqueos vinculados a travesía de montaña; la filmación, fotografía y grabación con uso de equipos auxiliares, y las actividades de ocio y deporte fuera de los lugares designados previamente para ellas en cada parque natural.
Tramitación telemática
Junto con estos procedimientos abreviados, el decreto fija también otro conjunto de actividades para las que no se exigen autorizaciones sino únicamente comunicaciones previas. En todos los casos, la Consejería de Medio Ambiente pondrá a disposición de los ciudadanos una herramienta informática específica de tramitación electrónica, cuya creación también se recoge en la norma.
Las disposiciones de reducción de la carga burocrática en los parques naturales se enmarcan en el proceso de adecuación de la legislación autonó-mica a la Directiva europea de servicios en el mercado interior. Esta norma comunitaria, orientada a eliminar barreras administrativas para la actividad económica, conlleva la adecuación de 17 leyes de la comunidad autónoma, así como de 92 decretos y 27 órdenes.
El decreto aprobado hoy entrará en vigor en el plazo de un mes, periodo durante el que se informará a los habitantes de los parques naturales andalu-ces acerca de su contenido y de las novedades que conlleva.
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