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Lunes 07/10/2024
 
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Andalucía

El SEPE advierte a los parados: si no demuestran que buscan trabajo pierden la prestación

El SEPE exigirá un certificado de búsqueda activa de empleo para seguir recibiendo el subsidio, afectando a todos los beneficiarios a partir de noviembre

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  • Oficina del SEPE. -

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha emitido una nueva advertencia a los desempleados: aquellos que no puedan demostrar que están buscando activamente trabajo pueden perder su prestación. Esta medida, que introduce un trámite específico, forma parte de una reforma de los subsidios de desempleo que entrará en vigor el próximo 1 de noviembre.

Desde esta fecha, todos los ciudadanos que perciban una prestación del SEPE deberán presentar un certificado que acredite su búsqueda activa de empleo. No cumplir con este requisito constituirá una falta leve, que podría agravarse si la infracción se repite, llegando incluso a la extinción de la ayuda económica.

La reforma de los subsidios de desempleo trae consigo nuevas condiciones y cuantías. Entre las novedades más destacadas, se encuentra la escalabilidad de los pagos, que podrán cobrarse desde el primer día sin necesidad de esperar un mes, como ocurría hasta ahora. Las cuantías serán las siguientes:

  • El 95% del IPREM durante los primeros 6 meses, lo que equivale a 570 euros al mes.
  • El 90% del IPREM durante los siguientes 6 meses, es decir, 540 euros al mes.
  • El 80% del IPREM a partir del primer año, quedando en 480 euros al mes.

Además, se ha establecido que todos los beneficiarios de cualquier ayuda del SEPE deberán demostrar que están buscando empleo activamente. Esta condición afectará especialmente a los parados de larga duración que reciben la Renta Activa de Inserción (RAI) o el Subsidio Extraordinario de Empleo (SED).

Todos los receptores de prestaciones contributivas o subsidios del SEPE deben firmar un acuerdo de actividad para tener derecho a la ayuda económica. El programa de Búsqueda Activa de Empleo (BAE) se considera esencial para fomentar la inclusión laboral de las personas desempleadas. Según lo especificado en la sección de “obligaciones, infracciones y sanciones” de la plataforma web del SEPE, el incumplimiento de esta obligación se considerará una infracción con las siguientes sanciones:

Sanciones leves:

  • Primera infracción: pérdida de 1 mes de prestaciones.
  • Segunda infracción: pérdida de 3 meses de la ayuda.
  • Tercera infracción: pérdida de 6 meses de la ayuda.
  • Cuarta infracción: pérdida total de la prestación.

Sanciones graves:

  • Primera infracción: pérdida de 3 meses de prestaciones.
  • Segunda infracción: pérdida de 6 meses de la ayuda.
  • Tercera infracción: extinción de la ayuda.

Estas medidas buscan garantizar que los beneficiarios de las prestaciones del SEPE se mantengan activos en la búsqueda de empleo y mejoren sus oportunidades de reinserción laboral. Es crucial que los desempleados se familiaricen con estas nuevas normativas y cumplan con los requisitos para evitar la pérdida de sus ayudas económicas.

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