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Martes 11/02/2025
 
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Valencia

La jueza encarga valorar daños psicológicos de los familiares de las víctimas de la dana

La instructora describe el 29-O como "un infierno real de destrucción, muerte y finalmente oscuridad"

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  • Vehículos destrozados tras el paso de la DANA. -

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja ha encargado una valoración forense de los familiares de las víctimas mortales de la dana de Valencia que han sufrido daños psicológicos. Estos perjudicados serán citados en el Instituto de Medicina Legal (IML) de València para que aporten la documentación médica que tengan y se pueda así evaluar sus daños morales y sus secuelas psíquicas.

También serán examinadas por los forenses, tal y como establece un auto notificado este martes, las personas que resultaron lesionadas por las inundaciones del pasado 29 de octubre y que precisaron tratamiento facultativo posterior a una primera asistencia sanitaria, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en un comunicado. La dana dejó 224 víctimas mortales y tres desaparecidos, que ya se pueden dar por fallecidos al haber transcurrido tres meses desde los hechos, y daños materiales millonarios.

La magistrada recuerda que está analizando la "evitabilidad" de la catástrofe, a la que ya aludió en anteriores resoluciones, y la investigación de los fallecimientos es la "esencia" de este procedimiento, "el objeto sobre el que versa esta investigación, el daño absolutamente irreparable".


No obstante, la instructora considera que esas diligencias también han de incluir a las personas que sufrieron lesiones de mayor entidad en la tragedia, tanto físicas como psicológicas.

"Ello no significa que no hayan de obtener la oportuna reparación los daños materiales, la destrucción que ha asolado a las poblaciones y los daños materiales que han afectado a centenares de miles de personas, sino que ni este proceso ni la jurisdicción penal son competentes para su conocimiento", matiza a continuación.

La titular del juzgado fundamenta la necesidad de las valoraciones forenses a los familiares de las víctimas mortales que lo deseen en "el importante daño psicológico" que muchos de ellos sufrieron y que la propia instructora ha podido constatar en las declaraciones de testigos y ofrecimientos de acciones practicados hasta el momento.

"INFIERNO REAL DE DESTRUCCIÓN, MUERTE Y OSCURIDAD"

La resolución judicial describe lo ocurrido el pasado 29 de octubre como un "episodio dantesco", como "un infierno real de destrucción, muerte y finalmente oscuridad".

Así, recoge que un número relevante de personas vio "desaparecer a sus allegados delante de sus ojos". Eran "padres, cónyuge o hermanos que vieron cómo se les escapaban literalmente entre sus manos" sus seres queridos y resultaban "arrastrados por un torrente de agua y barro".

La magistrada cita algunos ejemplos como el de un hombre que pudo poner a salvo a su mujer pero acabó falleciendo "tras luchar largo tiempo contra el arrastre del agua", o aquellos que fueron testigos de cómo sus parientes bajaban a sus garajes y "jamás volvieron".

De hecho, algunas personas presenciaron como sus familiares perecían "debido a su avanzada edad, peores condiciones físicas o, simplemente, ante la incapacidad humana de soportar la fuerza de la corriente de agua y barro".

Además, según reza la resolución, algunas víctimas mortales perdieron la vida "tras haber enviado mensajes de audio de despedida a sus hijos", mientras que otros familiares "llegaban a los domicilios de sus mayores y encontraban sus cuerpos sin vida".

De este modo "al daño moral inherente a la pérdida de cualquier familiar cercano" se suman todas las circunstancias relatadas y que pueden haber generado "un síndrome de estrés postraumático", concretamente "síndrome del superviviente", que ha de ser objeto de la oportuna valoración, concluye la magistrada.

FIANZAS A VOX, PODEMOS Y CGT

Por otro lado, en otras dos resoluciones la juez de Catarroja ha acordado exigir sendas fianzas de 6.000 euros a Vox, Podemos y al sindicato CGT -en este último caso tras aceptar la inhibición de unas diligencias previas cursada por un juzgado de Valencia- para permitir que ejerzan la acusación popular en la causa.

La magistrada argumenta que ninguna de las formaciones políticas ha interpuesto querella -algo "admisible" para las acciones populares cuando la investigación ya está en curso- pero cita jurisprudencia de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo y requiere el pago de las cauciones dado "el estado inicial del procedimiento".

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