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Miércoles 16/04/2025
 
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Andalucía

Condenado a seis años de cárcel por agredir sexualmente a una mujer inconsciente en Bilbao

Audiencia impone al acusado 5 años de libertad vigilada tras cumplir la pena y participar en programas de educación sexual

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  • Juzgados. -

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a un hombre a 6 años de prisión por agredir sexualmente a una mujer inconsciente y difundir fotos íntimas de ella. El tribunal también impone al acusado 5 años de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, en los que deberá participar en programas de educación sexual, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).

En la resolución, dictada "in voce" tras un acuerdo de conformidad entre Fiscalía, acusación particular y defensa, se declara probado que en la madrugada del 25 de septiembre de 2021 el acusado conoció a la mujer en una taberna de Bilbao y que aprovechándose del "grave estado etílico" en el que se encontraba le propuso ir a su casa.

Una vez en la vivienda, se dirigieron a la habitación donde la mujer perdió el conocimiento y el procesado "aprovechándose de esa circunstancia y con ánimo libidinoso" la agredió sexualmente y después, mientras la mujer seguía "inconsciente o dormida", le sacó nueve fotografías de carácter íntimo que envió a tres personas.

"LIBERTAD VIGILADA"

La Audiencia vizcaína considera al acusado autor de un delito de agresión sexual y otro de descubrimiento y revelación de secretos, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad de reparación parcial del daño, ya que antes del juicio consignó en el juzgado 3.000 euros para su entrega a la víctima.

Además de los 6 años de cárcel, el tribunal le impone 5 años de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, en los que deberá participar en programas de educación sexual.

En concepto de responsabilidad civil, el acusado, que ratificó la conformidad en la vista oral, tendrá que indemnizar a la víctima con 20.000 euros. Esta sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso al haber manifestado las partes en el juicio su propósito de no recurrirla.

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