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Miércoles 23/04/2025
 
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Andalucía

2 años bajo custodia familiar por violar a una mujer con discapacidad en Manacor

Las partes han llegado a un acuerdo de conformidad la mañana de este miércoles y han evitado la celebración del juicio

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  • El acusado, de espaldas. -

Un hombre acusado de violar a una mujer con discapacidad en un domicilio de Manacor en agosto de 2021 ha aceptado una condena de dos años de prisión, que deberá cumplir bajo la custodia familiar de su madre.

Las partes han llegado a un acuerdo de conformidad la mañana de este miércoles y han evitado la celebración del juicio, que estaba previsto que se celebrara en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma.

La Fiscalía solicitaba inicialmente que fuera condenado a cinco años de cárcel por un delito de abuso sexual con la circunstancia eximente incompleta de alteración psíquica.

Las partes, no obstante, han pactado una rebaja de la pena a dos años de prisión, que serán sustituidos por quedar bajo custodia de familiar durante el plazo de dos años. Así, la madre del condenado deberá comparecer de forma periódica ante el tribunal para dar cuenta del cumplimiento de la medida.

También han acordado que el hombre reciba tratamiento ambulatorio en un centro educativo especial, que sea sometido a un programa de educación sexual y que se le imponga una orden de alejamiento de 500 metros respecto de la víctima durante siete años, así como la prohibición de comunicarse con ella.

Por otra parte, tanto la fiscal como la letrada de la acusación particular han renunciado al pago de una indemnización por los daños morales y psicológicos causados a la víctima, que inicialmente interesaban que fuera de 19.000 euros.

LOS HECHOS

Según expone el fiscal en su escrito de acusación, los hechos tuvieron lugar sobre las 10.00 horas del 9 de agosto de 2021 en el domicilio de la acusada, donde había concertado una cita amistosa con el procesado.

Fue entonces cuando el hombre realizó tocamientos y violó a la mujer, aprovechándose de que ella tiene diagnosticada una discapacidad.

El acusado tiene reconocida una "capacidad intelectual límite" y sufre un trastorno de la personalidad que "le impide comprender la ilicitud de los hechos y actuar conforme a tal comprensión", motivo por el que ha tenido en consideración la eximente incompleta de alteración psíquica.

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