La Comisión Europea tiene dudas de que la ley de amnistía española responda al objetivo de interés general porque, según ha trasladado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), "parece constituir una autoamnistía" porque fue parte de un "acuerdo político" para asegurar la investidura de Pedro Sánchez y porque para salir adelante fueron "fundamentales" los votos de sus beneficiarios; si bien advierte de que no ve afectación directa de intereses económicos de la Unión Europea.
Así consta en las observaciones que el Ejecutivo comunitario ha enviado al Alto Tribunal europeo, tal y como ha adelantado El Español y a las que ha tenido acceso Europa Press, en el caso de las cuestiones prejudiciales presentadas por el Tribunal de Cuentas para aclarar si el presunto desvío de fondos para el 1-0 y la acción exterior del 'procés', por el que se encuentran encausados el expresidente catalán Carles Puigdemont y otras 34 personas, afecta a intereses financieros de la Unión Europea.
Sobre este punto, los servicios comunitarios consideran que "no existe un vínculo suficiente entre las actividades ilegales que tengan por objetivo la secesión de una parte del territorio de un Estado miembro y los intereses financieros de la Unión"; al tiempo que advierten de que le corresponde al órgano jurisdiccional nacional determinar si las particularidades del caso podrían justificar la existencia de una conexión suficiente.
Hasta ahora, la Comisión Europea había evitado pronunciarse sobre la Ley a pesar de que el comisario de Justicia en la legislatura pasada, Didier Reynders, se comprometió a emitir un dictamen tras hacerse eco de la "preocupación" por parte de oposición, asociaciones de jueces y sociedad civil. Entonces, fuentes comunitarios indicaron a Europa Press que la Comisión no veía 'a priori' ámbito para actuar porque la amnistía salvaba los fondos europeos y dejaba fuera el 'lawfare'.
Preguntado por la contribución de Bruselas al caso en el TJUE, el portavoz comunitario de Justicia, Markus Lammert, ha rechazado hacer cualquier comentario salvo que ve "ciertamente lamentable" que se produzcan "filtraciones en medio de procesos judiciales en marcha". "Las contribuciones de la Comisión al Tribunal no son públicos", ha zanjado el portavoz, que tampoco ha querido aclarar si se hará referencia a esta posición en el informe sobre Estado de derecho previsto para el 8 de julio.
En todo caso, en el escrito enviado al TJUE y al que ha tenido acceso Europa Press, la Comisión se refiere a la ley como una norma para la "autoamnistía" porque "los votos de sus beneficiarios han sido fundamentales para su aprobación en el parlamento español" y porque el proyecto de ley "es parte de un acuerdo político para lograr la investidura del Gobierno de España".
En este contexto, Bruselas expone que "si hay respaldo para considerar que las autoamnistías en las que quien ostenta el poder político pretende blindarse garantizándose su inmunidad jurídica son contrarias al principio del Estado de Derecho, parece que el mismo criterio habría que aplicar cuando quien está en el Gobierno garantiza la impunidad de sus socios a cambio del apoyo parlamentario".
En su exposición, los servicios comunitarios critican también que no se atendieran las recomendaciones de la Comisión de Venecia respecto al requisito de que se establezcan normas jurídicas claras y precisas que regulen el alcance y la aplicación de las medidas en cuestión, en concreto en cuanto a "restringir y definir con mayor precisión el alcance material y temporal de la aplicación de la amnistía" y a la "recomendación de establecer un vínculo más estrecho entre las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, su preparación o sus consecuencias, y los actos de malversación y corrupción".
Así las cosas, y a tener en cuenta solo si el órgano jurisdiccional concluyera que existe afectación de los intereses financieros de la Unión, la Comisión aboga por responder que los principios de seguridad jurídica y de igualdad ante la ley se oponen a una disposición nacional que concede amnistía que carece de claridad en la definición de su ámbito de aplicación y que, por lo tanto, puede dar lugar a exenciones de responsabilidad de personas que normalmente no deberían ser contempladas habida cuenta del objeto de la amnistía.
Además, el equipo del Ejecutivo comunitario defiende que el Derecho comunitario se opone a una legislación nacional que "impone un plazo imperativo de dos meses" para decidir sobre la aplicación de la amnistía, si este plazo no permite a los órganos jurisdiccionales competentes la adopción de las medidas procesales que consideren necesarias, como la obtención de pruebas adicionales o la audiencia de personas, para poder evaluar el fondo del asunto pendiente.
También se posiciona en contra de una normativa nacional que impide a una parte del procedimiento jurisdiccional debatir de forma contradictoria los elementos tanto de hecho como de Derecho decisivos para la resolución del procedimiento, en referencia a que no se haya escuchado a Sociedad Civil Catalana.
Además de las prejudiciales remitidas por el Tribunal de Cuentas, el Alto Tribunal europeo debe resolver otros tres casos en relación con la ley de amnistía, uno remitido por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, otro por la Audiencia Nacional y otro por el Juzgado Penal n3 de Vilanova y la Geltrù. Según ha podido saber Europa Press, la primera vista para examinar dos de estos cuatro expedientes se celebrará el próximo 15 de julio en Luxemburgo.