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Jueves 26/06/2025
 
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Andalucía

Consumo regulará la 'publicidad del miedo' utilizada por empresas de seguridad

Explican que se trata de un tipo de publicidad que, utilizando mensajes "manipuladores", explotan emociones como la ansiedad y el temor

  • Pablo Bustinduy. -

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 regulará la conocida como 'publicidad del miedo', comúnmente utilizada por "empresas de seguridad", a través de la Ley de Consumo Sostenible en la que está trabajando y que se aprobará de forma "inminente".

Así lo han indicado a Europa Press fuentes del departamento que dirige Pablo Bustinduy, que explican que se trata de un tipo de publicidad que, utilizando mensajes "manipuladores", explotan emociones como la ansiedad y el temor. Consumo considera "esencial" una normativa que proteja a los consumidores ante este tipo de anuncios.

Las fuentes del Ministerio indican que "este tipo de publicidad se basa en datos engañosos o que puedan generar en el consumidor una percepción errónea sobre el peligro o riesgo al que puede estar sometido si no adquiere un determinado producto".

ESCENARIOS EXTREMOS O IMPROBABLES

En este sentido, apuntan que se trata de una publicidad comúnmente utilizada por "empresas de seguridad y basa su efectividad en presentar escenarios extremos o improbables, como robos violentos o vulnerabilidades catastróficas", para generar una "sensación de urgencia o vulnerabilidad en las personas".

"Esta tipo de publicidad puede llevar a los consumidores a tomar decisiones precipitadas, desinformadas o basadas en el pánico, afectando así a su libertad de elección y a su bienestar psicológico", aseguran las fuentes de Consumo, que quiere defender un entorno publicitario "responsable" y que la promoción de servicios "se centre en ofrecer una información objetiva, destacando beneficios reales sin apelar a tácticas de manipulación emocional".

Además, el departamento de Bustinduy cree que este tipo de publicidad "fomenta una cultura de miedo que afecta negativamente a la sociedad en su conjunto". "Cuando las compañías recurren a estas prácticas, contribuyen a la percepción de que los entornos cotidianos son inherentemente peligrosos, lo que incrementa la desconfianza y la sensación de inseguridad generalizada", añaden.

"Esto no solo puede alterar la calidad de vida de las personas, sino también desviar recursos hacia servicios innecesarios o desproporcionados en relación con el riesgo real", recalcan las mismas fuentes.

Por este motivo, el Ministerio defiende la necesidad de regular este tipo de prácticas para garantizar "un equilibrio en el mercado, promoviendo una comunicación ética que priorice la transparencia y el respeto por el consumidor, a la vez que refuerza una percepción más saludable y realista de la seguridad en la sociedad".

A través de la Ley de Consumo Sostenible, el Ministerio de Consumo modificará la Ley de Competencia Desleal para obligar a las empresas que hagan este tipo de anuncios a ofrecer "información cuantitativa o estadística que permita a los consumidores hacer una valoración real del riesgo al que se expone si no adquiere el bien o el producto que se les ofrece".

La Ley de Competencia Desleal ya prohíbe la publicidad que incluya información falsa sobre el riesgo o peligro que puede sufrir un consumidor en caso de no adquirir un bien o servicio. Con modificación del Artículo 27.2, que hace referencia a 'Otras prácticas engañosas', este artículo se verá completado con un nuevo párrafo.

"Cuando tales afirmaciones, aun siendo veraces, utilicen la exposición a un riesgo o peligro como argumento principal de persuasión comercial, deberán incorporar, en condiciones de adecuada visibilidad, adaptado al medio en el que se realice la comunicación, información complementaria de carácter cuantitativo o estadístico que permita al consumidor o usuario valorar su frecuencia, impacto relativo o proporción", detallan fuentes de Consumo.

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