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Miércoles 30/10/2024
 

Andalucía

UGT-A recurre que Alaya declare \"abstractamente\" la responsabilidad civil del sindicato por Altadis

Pone de manifiesto que \"son las federaciones sectoriales las que tienen entre sus competencias o atribuciones las de intervenir en todas aquellas cuestiones relacionadas con la negociación colectiva\"

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UGT-A ha recurrido la decisión de la juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares de declarar la responsabilidad civil subsidiaria del sindicato de forma "abstracta" en relación a las ayudas recibidas por Altadis, lo que "genera cierta incertidumbre al no identificar la concreta entidad jurídica a la que dar el referido traslado en concepto de terceros civiles responsables".

   En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, el sindicato explica que la estructura organizativa y jurídica de UGT "no supone una organización única", sino "una confederación de estructura jurídica compleja" formada por las federaciones estatales y las uniones de comunidad autónoma, entre las que se encuentra UGT-A.

   Al hilo de ello, pone de manifiesto que "son las federaciones sectoriales las que tienen entre sus competencias o atribuciones las de intervenir en todas aquellas cuestiones relacionadas con la negociación colectiva y los conflictos laborales que se puedan plantear en las empresas de su sector".


   Por ello, la declaración de responsabilidad civil subsidiaria "obedece al error antes expuesto y genera cierta incertidumbre al no identificar la entidad sobre la cual se declara la responsabilidad civil".

   Tras ello, el sindicato alude al acuerdo de bases de 3 de noviembre de 2004 relacionado con el compromiso de pago de la Junta a Altadis, señalando que "se podrá comprobar por la juez que se firma por los correspondientes representantes de las federaciones agroalimentarias tanto a nivel autonómico como estatal, dado que ni Francisco Fernández Sevilla, en aquel momento, ni Blanca Uruñuela, han ocupado cargos que conlleven bien la representación de UGT-A bien de UGT Confederal".

   "Este hecho, que puede ser comprobable en la documentación obrante en el expediente de Altadis, determina un error en el traslado de las actuaciones en concepto de terceros civiles responsables al sindicato UGT de forma abstracta", por lo que solicita "la concreta determinación de la entidad jurídica a la que se debe dar traslado de las actuaciones en concepto de terceros civiles responsables, y no abstractamente de UGT".

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