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Miércoles 27/11/2024
 
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Principios estructurales del Estado

Si hacemos referencia a Andalucía como autonomía, esta no tendría más de 50 Ayuntamientos y menos de mil concejales.

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Toda distribución político-administrativa de un Estado debe recaer sobre unos elementos o pilares básicos cuyos costes no supongan una carga excesiva para la ciudadanía, así lo recomendó el BCE en el 2011 para nuestro país. La construcción de ideas que nos lleven a una nueva ordenación del sistema, debe tener como condición previa la elaboración de unidades jurídico-administrativas fuera del alcance romántico, y no deben basarse en opiniones utilitaristas que nos lleven a situaciones desastrosas.

Es complejo marcar cualquier esquema de revisión institucional que no pueda ser resuelto con un cambio político de alcance, también sería de insensato pensar que una crisis económica se resuelve de la noche a la mañana y que ésta no produce una erosión estructural del sistema, pero no podemos ir en zigzags. En la nueva concepción orgánica del estado – objeto del presente análisis –, desde la perspectiva de la unidad Estado-Nación destacamos a modo de interlocución, una serie de principios que a continuación exponemos: De representatividad y cercanía, visibilidad, equilibrio político, federalismo integrador y eficiencia. Lo hacemos desde la base que la actual crisis político-institucional representa para la economía del Estado un peso que el erario público no puede sostener.

El hecho de que el protagonismo del mundo político nacional sea asumido por otros entes de la comunidad - Ayuntamientos co-municipales - que abarquen grandes comarcas, configurarían un nuevo tipo de administración más cercana al pueblo y nunca irían en detrimento de su representatividad. Los ciudadanos al tener cercanía en la decisión política, visualizarán claramente el desparrame de sus impuestos, pudiendo observar con mayor justicia y solidaridad el objeto de los mismos.

El poder político-administrativo no se centralizará sobre grandes urbes cosmopolitas, sino en el equilibrio de los grandes Ayuntamientos. Los Ayuntamientos formarían federaciones territoriales o autonomías con competencias de coordinación, ya que las competencias de los servicios básicos serían de exclusividad de los mismos, y financiadas directamente por la administración central. La planificación y el control de los recursos de una comunidad en grandes áreas territoriales y de población conllevarían una mayor eficiencia en el gasto público y los problemas se resolverían donde acontecieran los hechos. A modo de ejemplo, podríamos citar una provincia como la de Cádiz que la formarían los siguientes Ayuntamientos co-municipales: Bahía de Cádiz, Jerez, La Sierra Gaditana, El Campo de Gibraltar y La Janda.

Los partidos políticos son los elementos vitales de las democracias y ellos como garantes del Estado de Derecho, y sabiendo que todo Derecho es sustancial con el sentido de la realidad y ante la deriva de la situación existente, deberían iniciar una reflexión crítica al respecto. Por ejemplo, construir un país federal de ayuntamientos y autonomías, tres escalones institucionales del Estado; abolir provincias y diputaciones.

Una eficaz división administrativa para reducir los más de 8 mil Ayuntamientos existentes en la actualidad en España, a la vez, eliminar costes de la política que son muchos miles de millones de euros en cargas tributarias. Si hacemos referencia a Andalucía como autonomía, esta no tendría más de 50 Ayuntamientos y menos de mil concejales. En armonía con lo que acabamos de expresar, nos encontraríamos ante un conflicto jurídico-político a resolver, donde el criterio de transformación debe vincularse a unos argumentos claros y éstos deberán estar definidos explícitamente entre las propuestas programáticas de los partidos políticos.

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