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Miércoles 27/11/2024
 

Campo de Gibraltar

El Parlamento Europeo protege a puertos como el de Algeciras en el reglamento de emisiones

Incluye un mecanismo de ajuste en frontera y creará una lista de puertos vecinos de transbordo de contenedores para evitar desequilibrios con otros países

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  • Puerto de Algeciras. -

La Eurocámara aprobó el pasado 18 de abril la reforma del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión (RCDE), incluyendo en el mismo los sectores marítimo y de la aviación, el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono y un nuevo Fondo Social para el Clima, incluyendo el sector del transporte marítimo y el aéreo. En el caso del sector marítimo, esa era una de las principales reclamaciones del Puerto de Algeciras para no perder competitividad respecto a otros puertos, como el de Tánger Med.

El Parlamento Europeo aprobó los acuerdos alcanzados a finales de 2022 con los países de la UE sobre varios actos legislativos clave que forman parte del paquete Objetivo 55 para 2030. Con este plan, la UE espera reducir, a más tardar en 2030, las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en al menos un 55 % en comparación con los niveles de 1990, como se contempla en la Legislación Europea sobre el Clima.

La reforma del régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE) se aprobó por 413 votos a favor, 167 en contra y 57 abstenciones. El sistema será más ambicioso, ya que las emisiones de GEI en los sectores pertinentes deberán reducirse, a más tardar en 2030, en un 62% en comparación con los niveles de 2005. También elimina gradualmente los derechos de emisión gratuitos de las empresas a partir de 2026 y hasta 2034, y crea un nuevo RCDE II independiente, dedicado al combustible para el transporte por carretera y a la construcción, que pondrá un precio a las emisiones de GEI de estos sectores en 2027 (o 2028 si los precios de la energía son excepcionalmente altos).

El Reglamento incluye un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC) para sectores específicos, con el fin de atenuar el riesgo de fuga de carbono. De este modo se garantizaría que el precio de las importaciones reflejara con más precisión su contenido de carbono. Esta medida se configurará de manera que respete la normativa de la Organización Mundial del Comercio y otras obligaciones internacionales de la UE.

El Parlamento también apoyó incluir, por primera vez, las emisiones de GEI del sector marítimo en el RCDE (500 votos a favor, 131 en contra y 11 abstenciones) y dio su visto bueno a la revisión del RCDE para el sector de la aviación. Con ella se eliminarán gradualmente los derechos de emisión gratuitos para el sector de la aviación en 2026 a más tardar, y se fomentará el uso de combustibles sostenibles en dicho sector.

El documento incluye una enmienda que indica que la Comisión debe establecer un mecanismo de supervisión que evalúe específicamente las fugas de carbono y de empresas, así como las posibles prácticas elusivas, y elaborar una lista de potenciales actividades empresariales que no se incluyen entre las actividades empresariales significativas efectuadas en escalas portuarias en países vecinos de la Unión. En este contexto, si se notifican prácticas elusivas o fugas de carbono y de empresas significativas, la Comisión debe proponer medidas para abordar estas cuestiones.

Así, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, la Comisión adoptará un acto de ejecución que establezca la lista de puertos vecinos de transbordo de contenedores excluidos de la definición de puertos de escala para buques portacontenedores establecida en el Reglamento.

Posteriormente, al menos cada dos años, la Comisión adoptará actos de ejecución para actualizar dicha lista de puertos vecinos de transbordo de contenedores excluidos de la definición de puertos de escala para buques portacontenedores establecida en el presente Reglamento.

Dichos actos de ejecución enumerarán los puertos vecinos de transbordo de contenedores situados fuera de la Unión, pero a menos de 300 millas náuticas del territorio de la Unión, cuando la proporción de transbordos de contenedores, medida en unidades equivalentes a 20 pies, supere el 65 % del tráfico total de contenedores de ese puerto durante el período más reciente de doce meses para el que se disponga de datos pertinentes.

La Comisión supervisará continuamente el impacto del presente Reglamento en el desvío de mercancías, en particular a través de los puertos de transbordo en los países vecinos. En caso de que la Comisión detecte importantes efectos negativos en los puertos de la Unión, presentará propuestas legislativas al Parlamento Europeo y al Consejo para modificar el presente Reglamento. En particular, la Comisión analizará el impacto del presente Reglamento en las regiones ultraperiféricas y las islas y, en su caso, propondrá modificaciones al ámbito de aplicación del presente Reglamento.

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