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Miércoles 27/11/2024
 

Chiclana

Un juzgado de Chiclana decide la suspensión de manera temporal de un desahucio

Así lo ha confirmado la PAH; aunque ha mostrado su "desconfianza" al no haber sido ratificado el documento con la firma del secretario judicial. Se iba a llevar a cabo en la calle Sorpresa y la afectada era una mujer con dos hijas de seis y 17 años.

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Un juzgado de Chiclana ha suspendido "temporalmente" un desahucio que se iba a ejecutar contra una vecina de la localidad, María y sus dos hijos de seis y 17 años, que viven en la calle Sorpresa número 15, y sobre la que pesaba una orden de desahucio notificada por la entidad bancaria mediante notario "por vía extrajudicial" el pasado mes de octubre.

Según ha explicado Juan José Sánchez, de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), el juzgado les ha notificado esta misma mañana la suspensión "temporal" del desahucio, aunque precisa que el documento no ha sido ratificado con la firma del secretario judicial, lo que les produce "desconfianza" porque no saben si tendrá "valor legal" y porque tampoco precisa el tiempo que durará esta suspensión.

   Por ello, tras recibir la notificación judicial, miembros de la plataforma han acudido al domicilio y se han concentrado ante la vivienda para comprobar que no se llevaba a cabo el desalojo del domicilio.

Explica Sánchez que tras llegarle a esta familia la orden de desahucio "el banco demandó a la familia articulando el procedimiento por la vía de ejecución de títulos no judiciales"; así que desde entonces y con la intervención de abogados fueron agotando todas las posibilidades para poder evitar "otro drama familiar", alegando el pasado día 10 en los Juzgados la situación que padece María "por haber sido víctima de violencia de género" ya que cumplía con los requisitos del Real Decreto Ley 27/2.012 del 15 de noviembre sobre la suspensión de todos los desahucios.

Pero señala que la pasada semana le notificaba su abogado que las alegaciones presentadas "no daban lugar" y que la ejecución seguiría su curso, por ello "nos plantamos en el banco, les mostramos nuestra desesperación e indignación, y les dijimos que el lunes le llenaríamos la calle de gente para apoyar a María y a su familia, ya que tampoco se podía acoger al Decreto Andaluz del 9 de abril de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda; ya que a estos dos Decretos solo se pueden acoger los procedimientos de ejecuciones hipotecarios".

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