El Gobierno está abierto a acometer una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) para rebajar el alcance del artículo que permitió al Parlament y al Congreso despojar de sus actas de diputados a varios líderes del 'procés' mientras estaban procesados por el referéndum ilegal, pero sin haber sido aún condenados.
Tras la supresión del delito de sedición y de haber pactado con ERC una rebaja de penas para el delito de malversación, ahora los socialistas han ofrecido al PDeCAT retocar a la baja el artículo 384 bis de la Ley de Enjuciamiento Criminal.
Según este precepto, "firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión".
Esta previsión se utilizó en 2018 para despojar de sus actas de diputados en el Parlament Raül Romeva, Oriol Junqueras, Josep Rull y Jordi Turull i Negre y un año después la Mesa del Congreso lo usó para suspender de su condición de diputados a los tres últimos y también a Jordi Sánchez. Y también ha servido para suspender del cargo público a otros políticos independentistas.
El PDeCAT ha planteado la derogación de este artículo mediante enmiendas a dos leyes. Lo hizo el pasado mes de noviembre al enmendar la Ley órgánica de eficiencia organizativa del servicio público de la Justicia y lo volvió a hacer la semana pasada durante la tramitación de la reforma del Código Penal que, entre otras cosas, acabó con el delito de sedición.
El PSOE no entró en este punto durante el debate de las enmiendas de la reforma penal, pero sí ha hecho una oferta al PDeCAT en el marco de la tramitación de la ley de eficiencia procesal, que aún se discute en la Comisión de Justicia del Congreso.
En concreto, el PSOE ha planteado una enmienda transaccional para limitar el alcance del artículo 384 bis de la LeCrim, de manera que la suspensión del cargo público se produzca en los casos en los que el delito por el que se les procese sea "grave o muy grave" y medie "violencia o intimidación".
Textualmente, la enmienda que ofrece el PSOE, a la que ha tenido acceso Europa Press, prevé que, "sin perjuicio de lo que se establezca en las regulaciones de los distintos empleos y profesiones públicas", cuando sea "firme el auto de procesamiento, sólo se podrá acordar la suspensión de cargo u oficio público, concretando su alcance", cuando concurran ciertos requisitos.
Esos requisitos son "que el delito por el que se procesa sea grave o muy grave, lleve aparejada una pena de inhabilitación o suspensión de igual naturaleza y se haya cometido con violencia o intimidación", que "la medida cautelar resulte necesaria para prevenir el riesgo de comisión de hechos delictivos concretos relacionados con el que es objeto del proceso" y que "sea solicitada por el Ministerio Fiscal o por acusación personada".
La enmienda redactada por el PSOE añade que, una vez solicitada la adopción de esta medida cautelar, se convocará a una audiencia que deberá celebrarse dentro de los cinco días siguientes a la petición de la medida, y a la que deberán acudir el procesado, asistido de letrado, el Ministerio Fiscal y las demás partes personadas.
En esta audiencia, continúa el texto propuesto, "se podrán realizar alegaciones y proponer los medios de prueba que puedan practicarse en el acto" para que el juez o tribunal decida sobre "la procedencia o no de la suspensión cautelar de cargo u oficio público atendiendo a las obligaciones inherentes al cargo público ejercitado".
Según han informado a Europa Press fuentes parlamentarias, el PDeCAT aún no ha dado el visto bueno a la propuesta del PSOE. En todo caso, la previsión es que la tramitación de la ley orgánica de eficiencia organizativa del servicio público de la Justicia no se retome en el Congreso hasta después de las Navidades.
El PDeCAT es partidario de la supresión de ese artículo de la LeCrim. Según argumenta, ante la demanda presentada por los cuatro políticos que fueron suspendidos en el Parlament, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sostiene que la aplicación del artículo 384 bis de la Lecrim "constituye una violación del artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos.
En su resolución del pasado mes de agosto, este comité mencionaba en concreto que ese pacto internacional "se reconoce y ampara el derecho de todo ciudadano a participar en la dirección de los asuntos públicos, el derecho a votar y a ser elegido, y el derecho a tener acceso a la función pública" y que con independencia de la forma de constitución o gobierno que adopte un Estado, "el ejercicio de estos derechos por los ciudadanos no puede suspenderse ni negarse".
Para el diputado del PDeCAT Genís Boadella el artículo 384 bis de la Lecrim "absolutamente extemporáneo puesto que su aprobación fue fruto de un contexto en el que la actividad terrorista era notoria y constante" un escenario que, remarca, "afortunadamente ha quedado en el pasado".
Por consiguiente, la formación reclama su derogación "en aras de evitar que se vuelvan a lesionar los derechos de los electores y los representantes electos y así evitar violaciones del artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos".