En un comunicado remitido a Europa Press, la defensa de Mellet ha señalado que es "claramente atentatorio contra la honorabilidad, la profesionalidad, y por ello calumnioso, que se afirme que se han cobrado, por parte de Mellet, cantidades relacionadas con el concurso de adjudicación de los terrenos propiedad de Mercasevilla".
Así, insiste en que su representado no ha cobrado cantidad alguna, "ni se ha utilizado ninguna cantidad en beneficio propio, ni ajeno, ni ha percibido o cobrado cantidad alguna de cualquier otra operación empresarial relacionada con Mercasevilla o la Fundación Socio Asistencial".
En este punto, y tras las informaciones publicadas este domingo en diversos medios, la representación procesal de Fernando Mellet añade que "no es de recibo que se afirme que la cantidad de 16.000 euros se recibe, cuando además no se percibe, de una cuenta en la que se ingresaron las aportaciones correspondientes por parte de la entidad adjudicataria de la venta de los terrenos de Mercasevilla, puesto que dicha cuenta es la misma en la que existían fondos propios de la actividad comercial privada de la entidad que dirigía Mellet, siendo los ingresos efectuados por la entidad Sando posteriores al 4 de enero de 2006".
De esta manera, continúa, "la cuenta en cuestión era de gestión ordinaria de la entidad y, en nada, reservada a algún objeto o finalidad" y, añade, vincular dicho cheque con el concurso de adjudicación de los terrenos de Mercasevilla "es propiciar una tergiversación de la realidad que en nada merece la opinión pública".
Entretanto, el abogado de Mellet asevera que la aparición de estas acusaciones "se encuentra en franca conexión con la próxima celebración de la vista de cuestiones previas relacionadas con la única causa cuya instrucción, en principio, ha concluido", algo que, apunta, "conlleva que el juicio paralelo suplante al procesal y legalmente adecuado", extremo que la defensa de Mellet está estudiando para llevar a cabo las acciones que estimen oportunas.
"Cualquier afirmación que se apunte, en el sentido en que se realiza en las informaciones referidas, debe constatarse a través de la contabilidad de la sociedad y en la globalidad de la misma, no suministrando parcial e interesadamente informaciones que la tergiversan la realidad", explica el abogado en el comunicado remitido a Europa Press.
Y es que, como ya expuso con anterioridad, considera que la admisión de preguntas, por parte de la instructora, relacionadas con materias no obrantes en el procedimiento y que no han sido objeto de denuncia, "comportaron un grave atentado contra el derecho de defensa, el derecho a la presunción de inocencia y el honor, la profesionalidad y la fama de Mellet".
De esta manera, la verificación de la contabilidad de la sociedad "determinará, con total claridad, la corroboración de la persona o entidad que debió de percibir la citada cantidad, la cual, en cualquier caso, no fue Fernando Mellet, cobro que, en cualquier caso, se realizaría para un uso completamente legal y lícito".
Así, Mellet entiende que "las maniobras que se efectúan se encuentran incursas en una decisión de impedir el derecho de defensa en otros de los procedimientos como aquel para el que existe señalada vista para el día 10 de enero de 2012 al objeto de decidir las cuestiones previas al juicio". "La cortina de humo vertida ensucia de forma clara y evidente las peticiones formuladas para dicha vista y su presunción de inocencia", lamenta.
Y es que, según su abogado, Fernando Mellet, "en todas las actuaciones ejecutivas concretadas en el ejercicio de su cargo de director general de la entidad Mercasevilla se rigieron por el cumplimiento del marco de la legalidad y bajo la autorización de la sociedad y sus consejeros, realizándose dicha actuación, en todo momento, en beneficio de la Sociedad, sus empresarios minoristas y trabajadores, dándose cumplimiento, sin excepción, a lo manifestado por las instrucciones que tanto el Ayuntamiento de Sevilla como la Sociedad Estatal Mercasa le dirigían a través de sus consejeros en los órganos de Administración, bien fuera en la Comisión Ejecutiva o Consejo de Administración, o a través del Órgano Asambleario de participación social como es la Junta General".