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Miércoles 27/11/2024
 
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España

El Senado aprueba con mínimos cambios la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Tras un debate maratoniano que se ha prolongado hasta cerca de las once de la noche, ha rechazado, además, las 10 vetos planteados a ambos textos, así como la gran mayoría de las casi 270 enmiendas presentadas por todos los grupos con representación el Senado

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  • Senado. -

El Pleno del Senado ha aprobado este miércoles la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que impone a los jueces plazos para la instrucción y modifica el término judicial "imputado", que pasará denominarse "investigado" en una primera fase y "encausado" si se mantiene la acusación a medida que avanza la investigación.

   La cámara alta ha avalado, con los votos del PP, los dos proyectos de ley en los que se ha dividido la norma, uno de Ley Orgánica y otro de Ley Ordinaria, en los que también se incluyen modificaciones dirigidas a evitar la conocida como 'pena de telediario' por la difusión en los medios de imágenes de los detenidos durante su arresto y traslado posterior.

   Tras un debate maratoniano que se ha prolongado hasta cerca de las once de la noche, ha rechazado, además, las 10 vetos planteados a ambos textos, así como la gran mayoría de las casi 270 enmiendas presentadas por todos los grupos con representación el Senado.

   El Pleno ha aprobado, con la mayoría del PP, siete enmiendas transaccionales que introducen pequeños cambios. Entre las novedades, queda fijado en un máximo de 10 días el plazo de detención incomunicada para delitos de terrorismo o realizados por organizaciones criminales. Los menores de 16 años no podrán ser incomunicados en su arresto.

   La cámara alta también ha respaldado que se precisen aquellos casos en los que el juez puede acordar la detención de correspondencia privada. Será en delitos dolosos castigados con pena con límite máximo de al menos tres años de prisión, terrorismo y crimen organizado. El nuevo articulado especifica que también pueden examinarse "faxes, burofaxes y giros". Además, el grupo 'popular' ha votado a favor de varias enmiendas que refuerzan la necesidad de autorización judicial y otras de tipo técnico.

   El debate ha estado plagado de críticas a la reforma y a la gestión de la Justicia llevada a cabo por el PP durante esta legislatura. Varios de los grupos han incidido en la desaparición del proyecto de la cesión de la instrucción a los fiscales.

   Ese ha sido el caso del PSOE que, en boca del senador Arcadio Díaz Tejera, que ha insistido en que, a pesar de que este objetivo no ha quedado reflejado en la reforma, el texto mantiene guiños a los representantes del Ministerio Público que, ha recordado, mantienen una estructura jerarquizada que les vincula con el Gobierno.

    El representante de Entesa Joan Saura ha acusado, por su parte, al PP de "improvisación" y "precipitación" en la tramitación legislativa que han llevado a que se comentan errores. Ha agregado que el partido del Gobierno no ha logrado alcanzar con esta reforma procesal penal el objetivo planteado por el exministro Alberto Ruiz Gallardón de modernizar la Justicia y crear una ley adaptada al siglo XXI.

   El senador de IU Jesús Iglesias ha denunciado que la modificación de esta ley "esencial" incluye multitud de planteamientos "meramente cosméticos", como la eliminación del uso de 'imputado', que parece provocado por su aplicación a los delincuentes relacionados con la corrupción.

   El PP ha defendido a través de su portavoz en la Comisión de Justicia, Manuel Altava, que esta es la ley más importante de las aprobadas en materia de Justicia y ha resaltado que dejar el peso de la investigación en manos de los fiscales sigue siendo su objetivo.

   Por su parte, el 'popular' Juan Ramón Represa, ha defendido que los cambios evitarán el colapso de los juzgados a través de los límites establecidos a las conocidas como 'macrocausas', mediante la inclusión en la ley de una regla de conexidad por el que estos procesos con infinidad de investigados quedarán desgajados en piezas más manejables.

PLAZO DE INSTRUCCIÓN

   La reforma prevé un periodo ordinario de seis meses de instrucción en causas sencillas y de 18 en complejas, con la posibilidad de prorrogarlo hasta los 36 meses. Aunque en un principio dejaba en manos de la Fiscalía el control de la duración de las causas, esta iniciativa ha cambiado en su trámite parlamentario.

   El Ministerio Público ya no será la única parte que podrá solicitar prórrogas al plazo después de que los 'populares' hayan introducido una transaccional junto a CiU en la que amplían al resto de personados en el procedimiento la posibilidad de pedirlas.

   Se considerarán complejos los delitos cometidos por grupos u organizaciones criminales, los que tengan por objeto numerosos hechos punibles, involucren a gran cantidad de sujetos pasivos o de víctimas, exijan la realización de pericias que impliquen el examen de abundante documentación o complicados análisis, impliquen realizar actuaciones en el extranjero, precisen revisar la gestión de personas jurídicas privadas o públicas, o sean por terrorismo.

PROTECCIÓN DE LA IMAGEN DE LOS DETENIDOS

   Además, durante el trámite parlamentario en el Senado el PP ha incorporado cambios en el nuevo artículo que regula la protección de la imagen, el honor y la intimidad de los detenidos en el momento en que se practique su arresto y en los traslados posteriores, con la intención de "asegurar el respeto a sus derechos constitucionales" y evitar lo que se ha dado en llamar 'pena de Telediario'.

   El PP ha introducido cambios en la redacción de la disposición para garantizar el derecho a la información y aclarar que no prohíbe, en ningún caso, la grabación y difusión de imágenes de los detenidos.

   La Lecrim aporta también novedades en las medidas de investigación tecnológica que, según el ministro, compatibilizan los derechos de las "personas investigadas" con las medidas de los investigadores. Se amplía la interceptación de comunicaciones --que afectará a WhatsApp, SMS, escuchas ambientales-- con la autorización judicial valorando principios de especialidad, excepcionalidad, idoneidad y proporcionalidad.

   La regla general es que para acordar una medida de intervención o registro de las comunicaciones de cualquier clase que se realice, a través del teléfono o de cualquier otro medio o sistema de comunicación telemática, lógica o virtual, se requerirá autorización judicial. El juez accederá siguiendo los principios de especialidad, excepcionalidad, idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida.

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