La consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Marifrán Carazo, ha destacado este jueves en el pleno del Parlamento andaluz que la nueva regulación de las casas-cueva que recoge de forma pionera la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (Lista) permitirá que esta tipología de viviendas con especial importancia en Granada, donde se extienden por más de 20 municipios, puedan mejorar sus condiciones de habitabilidad y seguridad y salubridad, pero también fomentar su uso turístico como motor económico en enclaves como la zona norte de esta provincia.
Carazo se ha pronunciado de este a modo en respuesta a una pregunta del Grupo Parlamentario Popular que, a través del diputado Rafael Caracuel, ha puesto de manifiesto la trascendencia de esta nueva normativa en la provincia de Granada, donde "numerosos habitantes han empleado desde hace siglos como viviendas las cuevas excavadas en los cerros de las comarcas de Baza y Guadix, entre otras zonas".
Caracuel ha hecho hincapié en que esta medida va a paliar el "vacío legal" y la "ausencia de regulación" que han afectado durante décadas a los propietarios de estas viviendas que por este motivo han tenido que hacer frente a "numerosos problemas" a la hora de intervenir en sus cuevas y en su entorno, así como para obtener ayudas que permitieran su rehabilitación.
La consejera de Fomento ha hecho hincapié en que Andalucía es "pionera" en la regulación y reconocimiento de esta tipología de viviendas "olvidada" hasta el momento por las leyes urbanísticas y que permitirá mejorar su habitabilidad y su seguridad, un asunto que afecta a varias provincias andaluzas, entre ellas la de Granada, donde hay más de 20 municipios salpicados por casas cueva, entre los que destacan por su número las de Benalúa, Benamaurel, Cortes y Graena, Guadix o Purullena.
El nuevo reglamento de la Ley (que se aprobará en los próximos meses y que se encuentra en revisión) dedica, en su título IX, 12 artículos, a las casas cueva como parte del hábitat troglodítico y distingue entre cueva, como la edificación adosada al terreno natural con una superficie inferior al 50 por ciento de la superficie total; barrio de cuevas, como la zona de suelo urbano ocupado por un hábitat troglodítico, y municipio troglodítico, aquel en que las cuevas ocupan más de un 15 por ciento de las viviendas existentes en el suelo urbano o más del 50 por ciento del propio suelo urbano o bien son un elemento singular del municipio con valores patrimoniales o de relevancia turística cuyas características hay que preservar.