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Jueves 14/11/2024
 

Granada

Fiscalía pide 18 meses de cárcel para el venezolano Darwin Machís por una pelea

Como presunto autor de dos delitos de lesiones a dos trabajadores de una cafetería en el transcurso de una pelea

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  • darwin machis. -

La Fiscalía de Granada ha pedido una condena de 18 meses de cárcel para el futbolista internacional venezolano Darwin Machís, que milita en el Granada, como presunto autor de dos delitos de lesiones a dos trabajadores de una cafetería en el transcurso de una pelea ocurrida el pasado año.

Los hechos se remontan a la noche del 4 de abril de 2021, cuando Machís y dos procesados más se personaron en una cafetería de la localidad granadina de Churriana de la Vega en la que se encontraban un trabajador y un cocinero del establecimiento, según consta en el escrito de acusación avanzado este viernes por el portal web ahoraGranada.

En él, el fiscal sostiene que los acusados se bajaron “apresuradamente” del vehículo actuando de común acuerdo, después de golpear a otro coche que se encontraba en la zona, y que a continuación se produjo una pelea entre los dos empleados del local y los procesados.

El escrito indica que Machís y sus dos acompañantes intercambiaron golpes con los denunciantes con “ánimo de menoscabar la integridad física de unos a otros” y que, posteriormente, todos los procesados abandonaron el lugar a bordo del coche.

Como consecuencia de estos hechos resultaron heridos los dos trabajadores, con lesiones de las que tardaron en sanar treinta días, veinte de ellos impeditivos, mientras que el extremo venezolano del Granada, de 29 años, también resultó herido tardando catorce días en curar y de los que siete estuvo impedido, aunque no presentó denuncia.

Además de los 18 meses de prisión, la Fiscalía pide que Machís y los otros dos procesados indemnicen a los dos empleados del local con 4.725 euros y 1.525 euros, respectivamente, por las secuelas y las lesiones causadas, según precisa ahoraGranada.

También solicita la apertura de la pieza de responsabilidad civil e indica que para adecuar la pena pecuniaria a imponer con la capacidad de solvencia de los penados, se debe averiguar el estado de solvencia de estos mediante la remisión de oficios pertinentes a los registros públicos de naturaleza tributaria, catastral y los demás que procedan. 

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