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Miércoles 27/11/2024
 
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Huelva

Condenada a tres meses de cárcel por no llevar a sus hijos al colegio

El juez la considera responsable de un delito relativo al incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad

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  • Palacio de Justicia de Huelva -

El Juzgado de lo Penal 4 de Huelva ha condenado a C.L.L., una mujer madre de dos hijos menores, a tres meses de cárcel por no llevarlos al colegio al menos durante 100 días durante un curso a pesar de ser puntualmente informada de la obligatoridad de hacerlo.

El juez la considera responsable de un delito relativo al incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, y le impone en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe y que ha sido confirmada por la Audiencia Provincial de Huelva, además de la pena de cárcel, la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas".

Se considera probado que en fechas no concretas, pero en todo caso desde al menos el curso escolar 2011/2012, la acusada, madre de dos menores nacidos en 1998 y 2001, incumplió sus deberes inherentes a la patria potestad relativos a la asistencia al centro escolar de la localidad de Aracena, infringiendo así el deber de educación previsto en el Código Civil.

El alto índice de absentismo se debió a "la despreocupación" de los padres por la educación reglada de sus hijos, "permitiendo con pleno conocimiento y consentimiento que faltaran meses enteros al centro escolar".

Durante todos esos periodos los padres fueron informados de la obligatoriedad de la enseñanza y de las consecuencias derivadas del incumplimiento sin que las actuaciones llevadas a cabo desde el centro escolar, los servicios sociales y el equipo técnico de absentismo hayan corregido la conducta de los progenitores.

En concreto, en el período que va desde el septiembre de 2011 hasta el 27 de julio de 2012, los menores sumaron más de 100 faltas de asistencia no justificadas.

La causa también se dirigía contra el padre de los menores, si bien respecto del mismo se acordó el archivo provisional por encontrarse fuera del territorio español.

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