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Viernes 15/11/2024
 

Provincia de Granada

Condenado a seis años y seis meses de cárcel por disparar a un hombre en el polígono Almanjáyar

En la sentencia se consideran hechos probados que el 2 de enero de 2012, la víctima, de 25 años, transitaba en un vehículo que conducía una tercera persona por el polígono de Almanjáyar de Granada cuando, en un momento dado, el turismo se aproximó a un grupo de personas

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a seis años y seis meses de prisión al procesado por disparar a un hombre, al que conocía con anterioridad, en el muslo izquierdo en la zona conocida como polígono de Almanjáyar, en Granada capital.

   En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se absuelve al acusado del delito de homicidio en grado de tentativa que el Ministerio Fiscal y la acusación particular le atribuían y se le condena como autor de un delito de lesiones con arma de fuego a cuatro años y seis meses de prisión y a la prohibición de acercarse a la víctima, Y.B., a menos de 300 metros durante un periodo de cinco años.

   También ha sido condenado a una pena de dos años de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas y a indemnizar a Y.B. con 30.976,79 euros.

   En la sentencia se consideran hechos probados que el 2 de enero de 2012, la víctima, de 25 años, transitaba en un vehículo que conducía una tercera persona por el polígono de Almanjáyar de Granada cuando, en un momento dado, el turismo se aproximó a un grupo de personas.

   En ese momento se aproximó el acusado, que esgrimiendo una pistola e increpando a la víctima le dijo "comemierdas, bájate del coche y ven conmigo" y le hizo entrar en una casa donde, en presencia de otras personas, le efectuó un disparo en el muslo izquierdo que le produjo fractura de fémur y un síndrome compartimental agudo, de riesgo vital, que precisó de asistencia quirúrgica en un centro hospitalario.

   En la sentencia se expone que la descripción del disparo no permite apreciar la comisión del delito de homicidio ni de los hechos se puede concluir que lo hiciera con ánimo o intención de matar a la víctima.

   El fallo se produce después de que el acusado, Luis H.C., fuera juzgado el pasado tres de abril, cuando alegó que su víctima, al que conocía con anterioridad, entró en su casa con una pistola, y consiguió arrebatársela y disparar, pero en "legítima defensa".

   La Fiscalía había solicitado para él ocho años de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas, con la agravante de reincidencia en este último, puesto que ya fue condenado por el mismo con anterioridad, y el pago de 30.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

   La acusación particular, ejercida por el letrado Carlos Aránguez, solicitó por los mismos delitos once años de prisión, y elevó a los 52.000 euros la indemnización.

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