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Miércoles 27/11/2024
 
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Sevilla

Absueltos 14 miembros del SAT denunciados tras la huelga de 2012

Supuestamente amenazaron e impidieron a unos profesores la entrada a un instituto de enseñanza secundaria de Los Corrales

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La juez de lo Penal número 5 de Sevilla ha absuelto a los 14 miembros del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) que fueron juzgados el pasado mes de abril por participar durante la huelga general convocada a nivel nacional el 14 de noviembre de 2012 en un piquete informativo a través del que supuestamente amenazaron e impidieron a unos profesores la entrada a un instituto de enseñanza secundaria de Los Corrales.

La Fiscalía, que inicialmente pedía un total de 65 años de cárcel para los 14 imputados, modificó en el juicio celebrado el pasado día 6 de abril sus conclusiones provisionales y sólo pidió seis meses de cárcel y 3.600 euros de multa por dos delitos de atentado y contra los derechos de los trabajadores para el exconcejal de Los Corrales Manuel Velasco (IU).

Asimismo, el Ministerio Público pidió para el resto de acusados la imposición de una multa de 3.600 euros por un delito contra los derechos de los trabajadores.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez considera probado que los hechos tuvieron lugar el 14 de noviembre de 2012, cuando, con ocasión de una convocatoria a nivel nacional de una huelga general, seis de los acusados se dirigieron al Instituto de Enseñanza Secundaria 'Entrepuentes' de Los Corrales como piquetes informativos para reunirse con la jefa de estudios del mencionado instituto.

Asimismo, el resto de imputados se fueron uniendo a la puerta del instituto más tarde, "sin que haya quedado probado que pertenecieran a ningún piquete informativo", sostiene la magistrada, que asevera que "no ha quedado probado que los acusados impidieran la entrada al instituto del profesorado que no se unió a la huelga".

Además, y según indica la juez, "no ha quedado probado que los acusados pusieran una cadena con un candando a la entrada del mencionado Centro impidiendo la entrada" ni tampoco que Manuel Velasco "diera un empujón" a uno de los agentes de la Guardia Civil desplazados hasta el lugar de los hechos.

"No ha quedado probado por ningún medio de prueba ni que ninguno de los acusados colocara una cadena en la puerta del instituto para impedir la entrada, ni que los acusados se colocaran en la puerta para impedir el acceso al mencionado centro", ya que "todos los testigos manifestaron que en el momento de cortar la fuerza actuante la cadena, pudieron entrar con normalidad", argumenta la juez.

A su juicio, "no puede concluirse que la actitud de los acusados pueda calificarse de coacción para iniciar la huelga".

NO HUBO EMPUJONES A LA GUARDIA CIVIL

Respecto al delito de atentado, la magistrada señala que "en ningún momento queda probado que hubiera un acometimiento" por parte de Manuel Velasco a uno de los agentes de la Guardia Civil, "habiendo negado los hechos el propio acusado", mientras que ni el resto de acusados ni de los testigos "observa ningún empujón o acometimiento al agente".

"Ninguna de las testificales presenció acometimiento, empujón o similar del acusado al agente, tan sólo lo refiere el agente perjudicado" y un segundo guardia civil que manifestó que el acusado le dio "varios empujones" al sargento, aunque "al ser preguntado por qué manifiesta que le dio varios empujones cuando el sargento hace referencia a un solo empujón, se remitió al atestado y se negó a contestar a las preguntas, ratificándose en el atestado".

En este caso, la juez dice que la manifestación del agente afectado "no puede tener consideración de prueba objetiva, dado que el mismo es perjudicado y no testigo, y por tanto parte interesada", añadiendo que los dos agentes referidos "no han mantenido una versión totalmente coincidente con los hechos expuestos, lo cual podría ser comprensible por la celeridad que tienen este tipo de hechos".

Inicialmente, la Fiscalía pedía para todos los acusados --entre los que había exconcejales de Los Corrales y Martín de la Jara y miembros de la dirección nacional del SAT-- cuatro años y medio de prisión y el pago de una multa de 5.400 euros por un delito contra los derechos de los trabajadores, mientras que también solicitaba para uno de los imputados dos años de cárcel por un delito de atentado, y el pago de una multa de 180 euros por una falta de maltrato.

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