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Jueves 14/11/2024
 
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Torremolinos

Piscinas a punto de cara al buen tiempo

La OMIC del Ayuntamiento de Torremolinos recomienda gestionar con suficiente antelación la apertura de las piscinas de uso colectivo

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En 2010, Semana Santa abarcará desde el domingo 28 de marzo, que se conoce como Domingo de Ramos, hasta el domingo 4 de abril, Domingo de Resurrección. Es decir que desde finales de marzo comenzará la afluencia masiva de turistas a nuestra ciudad. A la consolidada oferta de sol y playa, Torremolinos añade una importante infraestructura de piscinas de uso colectivo. Piscinas que como es lógico tienen que adecuarse a un marco legal, que en este caso es el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo, que establece las normas que regulan la calidad higiénico sanitaria de las mismas, el tratamiento y control de la calidad del agua del vaso, su aforo, las normas de régimen interno y el régimen de autorizaciones, vigilancia e inspecciones sanitarias, así como el régimen sancionador aplicable en los supuestos de incumplimiento.
La Oficina Municipal de Información al Consumidor recuerda que si bien la de apertura debe solicitarse en la Delegación de Sanidad del Ayuntamiento de Torremolinos, tiene que quedar claro para los vecinos que es la Delegación de Salud de la Junta de Andalucía la que tiene la potestad de dar el visto bueno a las instalaciones de las piscinas, limitándose la competencia del Ayuntamiento a comunicar a los solicitantes de la apertura de una piscina si el informe de la Junta de Andalucía es favorable o desfavorable, instancia administrativa que desde el año 2003, depende del distrito Sanitario Costa del Sol, con sede en la localidad de Mijas. La tramitación de la apertura de una piscina es por lo tanto un trámite que debe realizarse con la antelación necesaria para que llegado el momento de proceder a la habilitación de la piscina, ya disponga la instalación la correspondiente licencia de apertura, previo pago de las tasas correspondientes.
La situación actual
El paso del tiempo y el incremento evidente del nivel de calidad exigible y exigido ahora en los servicios públicos ha hecho que las normas sanitarias sobre piscinas de uso público requiera una actualización de las condiciones higiénicos-sanitarias que han de garantizar, al menos, en lo posible, la protección contra daños para la salud de cuantas personas hagan correcto uso de instalaciones de recreo. Motivo por el cual, se hace necesario aplicar sistemáticamente la legislación vigente para controlar las condiciones higiénico-sanitarias y de funcionamiento de las piscinas de uso colectivo.
La adecuación de las piscinas al mencionado Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo, ha generado preocupación en Comunidades de Propietarios, en ocasiones justificadas, primero porque la adecuación a este marco legal requiere inversiones importantes y en segundo lugar porque si la tramitación de esta regularización no se hace correctamente, la inversión realizada puede caer en saco roto, ya que el informe de la Junta de Andalucía puede ser negativo.
El parque de piscinas de uso colectivo de Torremolinos supera las trescientas unidades, lo que indica que varios miles de usuarios de la mismas dependen de que los presidentes de las comunidades y los administradores pongan especial atención en realizar correctamente el trámite, para no privar a los usuarios de este servicio de su uso o lo que es más grave, que el uso de las instalaciones se realice sin tener un informe sanitario favorable, ya que si bien mientras todo va bien no pasa nada, cuando pasa algo, todo viene de golpe, entre ellas la responsabilidad civil de que una piscina haya estado abierta sin el necesario informe sanitario favorable de la Junta de Andalucía.
Recomendaciones
Es por ello que la Inspección Municipal de Sanidad y Consumo estima procedente que a principios del mes de febrero se comience con la tramitación de las licencias de apertura de temporada, ya que de esta forma se evitará el posible colapso en la gestión de este trámite en el Organismo competente de la Junta de Andalucía, que atiende una solicitud muy elevada de Ayuntamientos de la Costa del Sol.
Si la piscina ha permanecido abierta más de seis meses ininterrumpidamente, es preciso que en Libro de Registro y Control de la calidad del agua estén reflejados todos los análisis obligatorios, que corroboren que la piscina ha estado abierta ininterrumpidamente más de seis meses, para lo cual todas las instalaciones que se hayan acogido a este sistema de apertura deben entregar en el Servicio de Inspección copia compulsada de los análisis de calidad de las aguas de baño.
Para finalizar, ante cualquier duda las Comunidades de propietarios interesadas pueden realizar todo tipo de consultas en la Delegación de Sanidad y Consumo, para realizar correctamente todas las gestiones.

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