El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha acordado este martes el sobresimiento provisional de la causa abierta contra la exvicepresidenta del Gobierno Valenciano Mónica Oltra -por la que dimitió en 2022- y varios de sus colaboradores por el supuesto ocultamiento del caso de abusos cometido por su exmarido.
En un auto de 96 folios, al que ha tenido acceso EFE, el instructor, Vicente Ríos, señala que "no se ha acreditado, ni siquiera al nivel propio de los indicios, que Oltra, ni cualquier otra persona de la Consellería, dirigiera orden, instrucción, consigna o indicación alguna a los investigados" en relación al caso de su ex, Luis Ramírez, en prisión por abusos a una joven tutelada por la Generalitat que era menor en el momento de los hechos.
El auto añade que "todos y cada uno de los indicios que fundamentaron en su momento las imputaciones judiciales provisionales contra las personas investigadas se han desvanecido por completo" al ser practicadas todas las diligencias necesarias para determinar la naturaleza y circunstancias de los hechos investigados y por los que Oltra, exdirigente de Compromís, dejó su cargo como número dos del entonces Consell presidido por Ximo Puig.
Aunque la resolución no es firme, y puede ser recurrida, el instructor es tajante: "Finalizada la instrucción, oídos todos los investigados, tomando en consideración las declaraciones de todos los testigos (y muy en particular el de la propia víctima), examinada la copiosa documental y examinado el tráfico de 48 correos electrónicos entre los investigados y otros, no subsiste indicio racional de criminalidad alguno".
Tras la investigación no se ha acreditado que, "ni siquiera al nivel propio de los indicios", Mónica Oltra tuviera conocimiento alguno, hasta el 4 de agosto de 2017, de los hechos atribuidos por la menor a quien entonces era su marido.
La vicepresidenta residía con el acusado en la misma vivienda, pero en aquel momento su relación personal con él "se limitaba a compartir la educación y el cuidado de los hijos de ambos", señala el instructor, que añade que ambos se divorciaron meses después.
Por ello, admite el juez que Oltra desconocía que Ramírez "fue separado de sus funciones como educador del centro de menores en el período comprendido entre el 20 de febrero de 2017 y 12 de marzo de 2017", y apunta el instructor que este es un hecho "sobre el que únicamente cabía especular, no sin fundamento, antes de escuchar la declaración de Oltra".
El juez considera que las afirmaciones realizadas por Oltra tanto en sede judicial como parlamentaria "no se han visto desvirtuadas por diligencia de investigación alguna", y subraya el hecho de que el resto de investigados ha negado haber recibido "orden, directriz, consigna o indicación alguna de la señora Oltra, o de cualquier otro superior jerárquico en la Conselleria, encaminada a ocultar hechos delictivos".
El relato de cómo se conoció el caso
El auto arroja luz sobre cómo se conoció el caso de abusos, ya que la menor no denunció los hechos a los responsables del centro en el que residía, sino que fue en junio de 2017 cuando dos funcionarios de la Policía Nacional fueron comisionados desde la sala del 112 para el traslado de una menor desde las dependencias de la Policía Local de Alcàsser al Centro Niño Jesús.
La menor víctima de abusos, que se encontraba a las puertas del centro con su novio, entablaron una conversación con los agentes, ya que éste insistía en que ella los denunciase.
"En un momento dado, durante la conversación con los agentes y en relación con la situación que estaba viviendo ella en el centro, el novio le insistió y ella relató a los agentes que un monitor, un tal Luis del cual le costaba hablar porque tenía una familiar que era un cargo importante dentro de una Conselleria, abusó sexualmente de ella", y los agentes anotaron: "Que una noche, mientras este se pensaba que estaba dormida, procedió a cogerme la mano y hacerse una gayola”.
Los agentes le ofrecieron entrevistarse con una agente del Grupo de Menores para que le pudiera contar lo que pasaba y manifestó que sí, por lo que los agentes hicieron saber los hechos a su jefa de grupo.
También se explica en el auto otro de los hechos más controvertidos de este asunto, el relacionado con el hecho de que la menor acudiera esposada al juicio en el que comparecía como víctima de abusos sexuales.
El juez concluye que los agentes habían recibido orden para el traslado sin conocer el motivo del mismo ni la condición en la que la menor acudía a los juzgados, y que en el momento de su recogida los responsable del centro advirtieron de que era una "fuguista habitual".
"No se ha acreditado, siquiera indiciariamente, que los agentes encargados de la conducción recibieran ninguna otra orden", insiste el juez, que además subraya que "si el juicio oral se celebró el 7 de noviembre de 2019 fue precisamente porque la Sala tuvo que afrontar sucesivos retrasos, precisamente porque la menor se había fugado del centro".
El Juzgado de Instrucción número 15 cierra así la investigación abierta a un total de quince personas y centrada en esclarecer si la apertura de un expediente administrativo sobre este asunto tuvo el propósito de ocultar el caso o desacreditar a la menor que sufrió abusos por parte del entonces marido de Mónica Oltra.
Esta causa tuvo su origen, una vez finalizado el proceso contra el exmarido de Oltra, en las denuncias presentadas por la menor, que está representada legalmente por un histórico dirigente de España 2000, y con Vox y Gobierna-te como acusaciones populares.