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Martes 26/11/2024
 

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El plan de pago a proveedores en Los Barrios

La gestión del alcalde presidente Jorge Romero Salazar embarga al municipio durante seis años más. Por María Isabel Sánchez Vázquez | Exfuncionaria de la Administración Local con habilitación de carácter estatal. Exinterventora del Iltmo. Ayuntamiento de la Villa de Los Barrios:

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  • Comunicación del alcalde.

Por María Isabel Sánchez Vázquez | Exfuncionaria de la Administración Local 
con habilitación de carácter estatal. Exinterventora del Iltmo. Ayuntamiento de la Villa de Los Barrios:

Todo comenzó con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales (en adelante RDL 4/2012), publicado en el BOE nº 48, de 25 de febrero de 2012; y el Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores (en adelante RDL 7/2012), publicado en el BOE nº 60, de 10 de marzo de 2012.

De conformidad con el art. 3 del RDL 4/2012, el 14 de marzo de 2012 a las 23:09:33 horas el Ayuntamiento de Los Barrios envió de oficio, a la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, una primera relación de 373 facturas, correspondientes a 41 “contratistas”, por un importe total de 4.264.915,29 €, que posteriormente se corrigió, resultando un importe total de 4.277.729,76 €.

De conformidad con el art. 7.1 del RDL 4/2012, el 30 de marzo de 2012, el Alcalde-Presidente, Jorge Romero Salazar, trasladó a la Intervención Municipal un Plan de Ajuste, por importe de 4.264.915,29 €, para que fuese informado por mí, como Interventora General, en la misma mañana, ya que pretendía su aprobación en una sesión extraordinaria y urgente del Pleno de la Corporación a celebrar ese mismo día.

Obviamente, mi informe, como Interventora General, fue desfavorable. Las razones eran múltiples, pero basta una por evidente: los empleados públicos del Ayuntamiento de Los Barrios cobraron sus retribuciones correspondientes al mes de enero de 2012 en dos plazos, uno el 24 de febrero y otro el 1 de marzo; y las correspondientes al mes de febrero de 2012 el 14 de mayo. En esas circunstancias, ¿cómo iba yo a informar favorablemente un Plan de Ajuste con superávit?. Está claro que el papel lo admite todo.

No obstante, el Pleno de la Corporación aprobó el mencionado Plan de Ajuste, y fue firmado y enviado por mí, como Interventora General, el 31 de marzo, sábado, a las 00:15:44 horas, a la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
En fecha 30 de abril de 2012, la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas informó desfavorablemente el Plan de Ajuste remitido.

De conformidad con el art. 4.1 y 4.2 del RDL 4/2012, desde el 19 de marzo de 2012, los “contratistas”, que no constaban en la relación certificada remitida de oficio, comenzaron a solicitar al Ayuntamiento de Los Barrios la emisión de un certificado individual.
Se recibieron más de 2.700 solicitudes. Para cada una de dichas solicitudes, emití, como Interventora Municipal, el oportuno informe por duplicado ejemplar, informes siempre desfavorables atendiendo a los criterios expuestos en mi Informe, de fecha 14 de marzo de 2012, como Interventora General.

Entre dichos criterios debo destacar que existían facturas prescritas; facturas proformas, donde no se acreditaba por ningún funcionario la recepción del suministro y/o la prestación del servicio; facturas; facturas xxxx. Cada uno de dichos Informes fue trasladado al Alcalde-Presidente, Jorge Romero Salazar, mediante las oportunas comunicaciones internas a fin de que por el órgano competente se desestimasen las solicitudes y se notificase fehacientemente al solicitante en un plazo inferior al de 15 días naturales desde la entrada de la solicitud en el registro de la Entidad Local, advirtiéndosele que transcurrido el mencionado plazo sin que se hubiera rechazado la solicitud, se entendería reconocido el derecho de cobro por silencio positivo en los términos previstos en la solicitud.

Desde la Alcaldía-Presidencia, Jorge Romero Salazar, desconozco si intencionadamente o no, dado que difícilmente más de 13.500 documentos (2700 solicitudes, 5400 informes, 5400 comunicaciones internas...) pueden pasar inadvertidos, permitió el transcurso del plazo máximo legal, de 15 días naturales, para resolver el procedimiento y notificar la resolución, lo que tuvo como consecuencia que, en contra de los criterios expuestos en mi Informe de fecha 14 de marzo de 2012, se entendieran reconocidos por silencio positivo los derechos de cobro en los términos previstos en la solicitudes deducidas por los “contratistas”, pudiéndose haber originando, en opinión de quien suscribe, el menoscabo de los caudales o efectos públicos del Ayuntamiento de Los Barrios, y por ende, graves perjuicios a los intereses generales, a los que toda Administración Pública debe servir.

Así pues, durante los 5 primeros días hábiles de junio del 2012 (del 1 al 7), se envió a la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas una segunda relación de 10.475 facturas, correspondientes a xxxx “contratistas”, por un importe total de 26.965.556,13 €.

Nuevamente, el 8 de junio de 2012, el Alcalde-Presidente, Jorge Romero Salazar, trasladó a la Intervención Municipal un segundo Plan de Ajuste, por importe de 27.010.135,67 €, para que fuese informado por mí, como Interventora General. Por los mismos motivos que en el primer Plan de Ajuste, mi informe, como Interventora General, fue desfavorable.

Y dicho segundo Plan de Ajuste fue aprobado por el Pleno de la Corporación, y fue firmado y enviado por mí, como Interventora General, el 15 de junio, a las 13:13:18 horas, a la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

En fecha 2 de julio de 2012, nuevamente la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas informó desfavorablemente el Plan de Ajuste remitido.

Después de la extenuante tramitación de todo este expediente (más de 13.500 documentos emitidos, en días no laborables, a horas intempestivas..., plataformas creadas por diversas asociaciones (como la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresas, APYME de Los Barrios) para desprestigiarme profesionalmente a través de diversos medios de prensa, etc...), recibí la notificación de la Comunicación Interior que a continuación se inserta:

Todo este acoso laboral contribuyó a que el 5 de septiembre de 2012 me encontrará en situación de Incapacidad Temporal, y el 5 de marzo de 2014, en situación de Incapacidad Permanente Absoluta.

Pero esto sería tema para otro artículo, y en cualquier caso no es lo más importante.

Lo más importante es que el municipio de Los Barrios, que ya en el 2012 tenía retenida al 100% la participación en los Tributos del Estado debido a la deuda que dicha Entidad mantenía con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria (que según certificaciones administrativas expedidas por los órganos competentes, en fecha 13 de marzo de 2012 y 19 de septiembre de 2011, ascendía a 42.884.309,50 € y 7.461.100,54 €, respectivamente, aumentó con el Plan de Pago a Proveedores su deuda con el Estado en 31.243.285,89 €.

Para hacerse una idea, al Ayuntamiento de Los Barrios le hubiera correspondido una Participación en los Tributos del Estado en el actual ejercicio 2015 de 4.940.966,04 € es decir, el Plan de Pago a Proveedores, ha hecho que la retención del 100% de dichos ingresos se prolongue aproximadamente en algo más de 6 años.

Ante tal aberración, tan sólo puedo seguir confiando en la Justicia, ya que el pasado 11 de febrero de 2015, fui citada como testigo, en el Procedimiento: Diligencias Previas 1779/2014 contra Jorge Romero Salazar, por el Juzgado de Instrucción número 2 de Algeciras, donde, según mi percepción, ante la perplejidad del propio Juez, relaté todo, y más, de lo aquí plasmado.

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